Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
Órgano convocante | Gobierno de Navarra - Sección de Diversificación Rural y Desarrollo Sostenible |
Descripción | Proyectos piloto: Por proyecto piloto se entiende el conjunto de acciones de carácter experimental y/o demostrativo a pequeña escala, con un esfuerzo temporal acotado, para probar en la práctica una idea con el fin de dar solución a problemas reales, y que conlleve transferencia de conocimiento en beneficio del sector agroalimentario. Debe ser de interés común y orientado a todo un sector/subsector. Los resultados obtenidos pueden ser o no los esperados.
Descripción de las ayudas: De entre todas las entidades del grupo de cooperación se designará, por acuerdo de las mismas, la figura de la entidad coordinadora. Este hecho deberá quedar reflejado en el convenio de colaboración que establecerán entre todas las entidades. La entidad coordinadora actuará como única interlocutora con la Administración, canalizándose a través suya la subvención. El procedimiento de concesión será por concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas, en base a un baremo. La ayuda es en forma de subvención directa de capital. La intensidad de la ayuda será el 90% del gasto elegible convenientemente justificado. El máximo de ayuda concedida es de 200.000 euros por proyecto. El abono se realizará en un único pago en 2026. La ayuda está cofinanciada en un 25% por el FEADER. Pasos del procedimiento: Recepción, revisión y valoración de las solicitudes de ayuda. Comparación de las solicitudes presentadas conforme baremo. Resolución de concesión (aprobación o denegación, según proceda). Declaración sobre la obligación de transparencia. Solicitud de pago. Abono de la ayuda. Información general de la medida: Guía de ayuda de la medida Documentos de ayuda para tramitar: Manual de usuario extr@PDR |
Estado | En resolución |
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Órgano convocante | Gobierno de Navarra - Servicio de Fomento de la Industria |
Descripción | PROYECTOS SUBVENCIONABLES Serán subvencionables los siguientes tipos de proyectos de implantación de: A. Soluciones TIC aplicadas a la transformación digital de la empresa. B. Oportunidades de transformación digital detectadas en el Plan de Transformación Digital (en adelante, PTD). Sólo se subvencionará la implantación de un proyecto de cada uno de los dos tipos señalados.
GASTOS SUBVENCIONABLES Los gastos subvencionables serán facturados a la beneficiaria de la ayuda por empresas externas para la implantación de la solución elegida:
PERIODO DE REALIZACIÓN El periodo para la realización de los gastos subvencionables estará comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2023. IMPORTE DE LA AYUDA El porcentaje de ayuda es del 40%. Se concederá un 5% de intensidad de ayuda adicional a las empresas que hayan adoptado alguna de las medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres previstas en la Base Reguladora 5.3. Los importes máximos de ayuda, en función del tipo de proyecto, son los siguientes: Proyecto de implantación Ayuda máxima
Para resultar subvencionable el presupuesto del proyecto debe ser, como mínimo, de 5.000 euros (sin IVA). Sólo se subvencionará la implantación de un proyecto de cada uno de los dos tipos señalados por empresa solicitante. Y la subvención máxima por empresa será de 50.000 euros. En el caso de subvenciones de importe superior a 30.000 euros, no podrán obtener la condición de beneficiarias las personas físicas y jurídicas, distintas de las entidades de derecho público, con ánimo de lucro que incumplan los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Los gastos subvencionables deberán haber sido abonados en los plazos de pago previstos en la normativa sectorial que resulte de aplicación o, en su defecto, en los establecidos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. |
Estado | En resolución |
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Órgano convocante | Gobierno de Navarra - Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial |
Descripción | GASTO AUTORIZADO Un total de 890.343,71 euros para la convocatoria de 2023, distribuido de la siguiente forma:
La concesión de las ayudas se realizará en régimen de evaluación individualizada, por orden de presentación de solicitudes, una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos exigidos, hasta el agotamiento del crédito presupuestario asignado en la convocatoria. Las actuaciones para las que se solicite subvención deberán ejecutarse en el periodo comprendido entre el día 1 de enero de 2023 y el 15 de noviembre de 2023, ambos inclusive. En el caso de aquellas solicitudes de ayudas que se presentaron a la convocatoria de subvenciones del Programa del comercio Fondo Tecnológico de 2022 y que fueron desestimadas por insuficiencia presupuestaria, se admitirán las actuaciones realizadas en el periodo comprendido entre el día 1 de enero de 2022 y el 15 de noviembre de 2023, ambos inclusive. A estos efectos, se entenderá que se han ejecutado cuando se hayan realizado, facturado y pagado en ese periodo. PROYECTOS SUBVENCIONABLES
Asimismo, son subvencionables aquellas actuaciones de gasto corriente que sean indispensables para la correcta implantación de las soluciones tecnológicas, que permitan conocer la situación de partida, analizar la conveniencia de las actuaciones a acometer y diseñar el plan de acción que permita realizar una mejor selección y adaptación de las acciones a emprender por parte de la solicitante, en particular actuaciones de consultoría, auditoría, formación especializada o similares. Se admitirá como límite por estas actuaciones el 20% del importe total de la inversión subvencionable. En la justificación de las actuaciones realizadas se aplicará dicho límite sobre el importe de la inversión justificada admitida. Importe de la subvención, subvención máxima e importe mínimo subvencionable. |
Estado | En resolución |
Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
Órgano convocante | Gobierno de Navarra - Servicio de Competitividad |
Descripción | Breve resumen de la convocatoria: Será objeto de ayuda la realización de proyectos cuya finalidad sea la mejora de la competitividad empresarial. Los proyectos podrán ser individuales (los realizados por una única empresa) o cooperativos (aquellos en los que participan dos o más empresas) y deberán estar relacionados con alguna de las siguientes áreas:
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Estado | En resolución |
Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
Órgano convocante | Gobierno de Navarra - Euskarabidea - Servicio de Planificación y Promoción del Euskera |
Descripción | La cuantía total para proyectos de innovación y digitalización de medios de comunicación en euskera asciende a un máximo de 246.500 euros. Serán subvencionables los proyectos que recojan una o varias de las siguientes actuaciones:
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Estado | En resolución |
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Órgano convocante | Gobierno de Navarra -Sección de Gestión y Coordinación de Proyectos Estratégicos |
Descripción | La subvención está financiada por la Unión Europea con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de los fondos Next Generation-UE y forma parte del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España. Objeto de la convocatoria Fomento de la economía verde y la digitalización a través del emprendimiento y la creación y consolidación de microempresas. Las actuaciones financiadas contribuirán al desarrollo económico de la zona, al reto demográfico y a la transformación productiva, en alguno de los siguientes ámbitos: Turismo, comercio de proximidad y servicios. Industria, emprendimiento y desarrollo territorial sostenible. Agricultura, ganadería y forestal. Vivienda, transporte e infraestructuras. Dos líneas de subvención Línea A: ayudas a la inversión en emprendimiento y microempresas:
Dotación económica total para la línea: 303.668,50 euros. Línea B: subvención del gasto ocasionado por proyectos de apoyo e impulso de la actividad emprendedora y microempresas:
Cuantía de las subvenciones y procedimiento de concesión La subvención máxima por solicitante será de 5.000 euros, pudiendo optarse a una o a ambas líneas de subvención. Las subvenciones objeto de esta convocatoria se tramitarán por el procedimiento de evaluación individualizada, por riguroso orden de presentación de solicitudes, hasta el agotamiento del crédito presupuestario asignado en la convocatoria. Plazo de ejecución Serán financiables las actuaciones realizadas y pagadas entre el 1 de enero de 2022 y el 30 de septiembre de 2023. |
Estado | En resolución |
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Órgano convocante | Gobierno de Navarra - Servicio de Proyección Internacional |
Descripción | La subvención tiene dos modalidades que cubren diferentes necesidades:
El periodo para la realización de los gastos subvencionables estará comprendido entre la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra y el 16 de octubre de 2023, incluido. A estos efectos, se entenderá que el gasto está realizado cuando se haya facturado y pagado dentro de dicho periodo (más información en la base 3 de la convocatoria). |
Estado | En resolución |
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Órgano convocante | Gobierno de Navarra - Servicio de Avance Digital |
Descripción | Ayuda a unidades familiares en situación de vulnerabilidad económica, orientada a la reducción de la brecha digital en cuanto a conectividad.
En el plazo máximo de 90 días naturales desde la presentación de la solicitud, la persona solicitante recibirá una comunicación de pertenecer o no al colectivo vulnerable. En caso afirmativo, se solicitará el alta del servicio con alguno de los operadores inscrito en el Registro de operadores-colaboradores, antes del 30 de noviembre de 2023. |
Estado | En resolución |
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Órgano convocante | Dirección General de Innovación |
Descripción | Inserción laboral de personas jóvenes investigadoras mediante su participación, como personal de investigación y tecnológico, en actividades de I+D+i La finalidad de las ayudas es la inserción laboral de personas jóvenes investigadoras mediante su participación, como personal de investigación y tecnológico, en actividades de I+D+i y apoyo a estas actividades (máximo 6 contrataciones), desarrolladas por los agentes del Sistema Navarro de I+D+i (SINAI). Se subvencionará la contratación de una persona durante 12 meses, así como posibilidad de subvencionar un segundo periodo de 12 meses siempre que se justifique la continuidad de la persona y haya crédito disponible. Estas personas a contratar deberán cumplir los requisitos de la base 7 (ver pestaña Normativa, Resolución 18E/2023), entre otros:
Serán comunicados, a través de la aplicación Contrat@, con la indicación “Programa Investigo. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia”, e incluyendo el número de registro de la oferta de empleo tramitada. La persona contratada prestará sus servicios en centros de trabajo radicados en Navarra y ocupará un puesto acorde a su titulación académica. GASTOS SUBVENCIONABLES Se financian los costes laborales y salariales de la persona contratada, incluyendo los conceptos de Seguridad Social, de manera que la concesión se realiza a través del régimen de módulos:
PASOS DEL PROCEDIMIENTO Solicitud de ayuda y evaluación individualizada de la misma por orden de presentación. En su caso, concesión. Oferta de empleo, preselección por parte del SNE-NL (excepto contratos segundo periodo), así como selección y contratación de la persona. Documentación tras concesión y abono. Justificación final. Documentación informativa Infografía. Cronograma. Protección de datos de carácter personal. Presentación ayudas contratación. |
Estado | En resolución |
Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
Órgano convocante | ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES |
Descripción | Las ayudas (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de esta convocatoria “bono digital”) de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital, regulado en el artículo 12 de las Bases Reguladoras. Podrán destinarse estas ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional. Para considerarse mejora funcional, deberá cumplir los siguientes requisitos:
No se considerará mejora funcional:
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Estado | En plazo |