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Publicación / normativa Información de la convocatoria
Órgano convocante Gobierno de Navarra - Sección de Diversificación Rural y Desarrollo Sostenible
Descripción

Proyectos piloto:

Por proyecto piloto se entiende el conjunto de acciones de carácter experimental y/o demostrativo a pequeña escala, con un esfuerzo temporal acotado, para probar en la práctica una idea con el fin de dar solución a problemas reales, y que conlleve transferencia de conocimiento en beneficio del sector agroalimentario. Debe ser de interés común y orientado a todo un sector/subsector. Los resultados obtenidos pueden ser o no los esperados.

  • Nuevo producto: obtención de un bien anteriormente inexistente.
  • Nueva práctica: obtención de un servicio anteriormente inexistente.
  • Nuevo proceso: obtención de un nuevo uso transformado para una materia prima preexistente.
  • Nueva tecnología: mejora de la eficiencia de un proceso productivo. A efectos de esta ayuda se entiende por Bien de equipo piloto aquel que está adaptado a las necesidades y tamaño del proyecto piloto, resultando indispensable para su ejecución y demostración, y que servirá como modelo para validar la viabilidad técnica y económica de una tecnología, producto, proceso o solución nuevos o mejorados.

Descripción de las ayudas:

De entre todas las entidades del grupo de cooperación se designará, por acuerdo de las mismas, la figura de la entidad coordinadora. Este hecho deberá quedar reflejado en el convenio de colaboración que establecerán entre todas las entidades.

La entidad coordinadora actuará como única interlocutora con la Administración, canalizándose a través suya la subvención. El procedimiento de concesión será por concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas, en base a un baremo.

La ayuda es en forma de subvención directa de capital. La intensidad de la ayuda será el 90% del gasto elegible convenientemente justificado. El máximo de ayuda concedida es de 200.000 euros por proyecto.

El abono se realizará en un único pago en 2026. La ayuda está cofinanciada en un 25% por el FEADER.

Pasos del procedimiento:

Recepción, revisión y valoración de las solicitudes de ayuda. Comparación de las solicitudes presentadas conforme baremo. Resolución de concesión (aprobación o denegación, según proceda). Declaración sobre la obligación de transparencia. Solicitud de pago. Abono de la ayuda. Información general de la medida: Guía de ayuda de la medida Documentos de ayuda para tramitar: Manual de usuario extr@PDR

Estado En resolución
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Órgano convocante Gobierno de Navarra - Servicio de Fomento de la Industria
Descripción

PROYECTOS SUBVENCIONABLES

Serán subvencionables los siguientes tipos de proyectos de implantación de:

A. Soluciones TIC aplicadas a la transformación digital de la empresa.

B. Oportunidades de transformación digital detectadas en el Plan de Transformación Digital (en adelante, PTD). Sólo se subvencionará la implantación de un proyecto de cada uno de los dos tipos señalados.

  • Tipo A. Soluciones TIC aplicadas a la transformación digital de la empresa Consistirán en el desarrollo e implantación de soluciones TIC que resuelvan una problemática o generen una oportunidad de negocio en la empresa, en el ámbito de las relaciones de la cadena de valor horizontal y vertical. Así como soluciones que aúnen la gestión de recursos empresariales y logística interna y externa, enmarcados en algunos de los siguientes ámbitos:
    • Aplicaciones de gestión integrada de los procesos de la empresa: ERP y aplicaciones de gestión logística interna y externa (SCM, SGA, MRP y CRM) o aplicaciones la gestión del ciclo de vida de productos y servicios de soporte remoto de productos (PLM, PDM, DFM).
    • Herramientas y procesos de Business Intelligence: sistemas orientados al análisis de información, visualización, herramientas e infraestructura de datos, además de prácticas recomendadas para ayudar a las empresas a tomar decisiones basadas en los datos. Big data Servicios en la nube Mejora de proceso y producto.
    • Ciberseguridad Relaciones proveedor/cliente Gestión organizacional Estos proyectos deberán cumplir, además, los siguientes requisitos: Deberán suponer innovación en el ámbito de la empresa desde el punto de vista tecnológico o de aplicación a producto, servicio u organización. Deberán ser implantados en un establecimiento de la empresa sito en Navarra.
  • Tipo B. Oportunidades de transformación digital detectadas en PTD Consistirán en el desarrollo e implantación de soluciones tecnológicas que se hayan detectado como oportunidades en el (PTD) elaborado por la empresa. Para poder enmarcar las soluciones en este tipo de proyecto, el Plan de Transformación Digital realizado por la empresa debe tomar como referencia la “Especificación UNE 0060:2018 y UNE0061:2019: Industria 4.0. Sistema de gestión para la digitalización” y evaluar la situación de la empresa con los criterios y en las dimensiones establecidos en dichas normas. Las dimensiones son: Estrategia de negocio y contexto, Infraestructura tecnológica, Organización y personas, Procesos y Productos y servicios. Tendrán validez los PTD con el alcance destacado en el párrafo anterior entre los que se encuentran los realizados al amparo de las convocatorias de: Ayudas del “Programa Industria Activa 4.0” impulsada por la Secretaría General de Industria y de la PYME (SGIPYME) del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. “Subvención a empresas para elaborar planes de transformación digital Itinerarios 4.0” impulsada por la Dirección General de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo (Itinerarios 4.0)”.

GASTOS SUBVENCIONABLES

Los gastos subvencionables serán facturados a la beneficiaria de la ayuda por empresas externas para la implantación de la solución elegida:  

  • Gastos por la consultoría y equivalentes, para el diagnóstico, planificación, definición, desarrollo e implantación de la solución.  
  • Gastos de licencias de software específicas (on premise o cloud), directamente relacionados con la solución innovadora a implantar. Estos gastos en ningún caso consistirán en actividades permanentes o periódicas, ni estarán relacionados con los gastos de explotación normales de la empresa.
  • Gastos por la adquisición de bienes de equipo y las inversiones en hardware, sensores, automatismos y equipos de comunicaciones, directamente asociados al proyecto de implantación. Queda excluida la adquisición de ordenadores personales y servidores, impresoras, terminales, displays, tabletas, consolas y similares, salvo en los casos en que actúen como interface de captura de datos en procesos de fabricación.
  • Gastos relativos a las inversiones y gastos en hardware directamente asociados al proyecto, que supondrán como máximo el 30% de los costes.

PERIODO DE REALIZACIÓN

El periodo para la realización de los gastos subvencionables estará comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2023.

IMPORTE DE LA AYUDA

El porcentaje de ayuda es del 40%. Se concederá un 5% de intensidad de ayuda adicional a las empresas que hayan adoptado alguna de las medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres previstas en la Base Reguladora 5.3.

Los importes máximos de ayuda, en función del tipo de proyecto, son los siguientes:

Proyecto de implantación Ayuda máxima

  1. Soluciones TIC aplicadas a la transformación digital de la empresa 30.000 euros
  2. B. Oportunidades de transformación digital detectadas en el Plan de Transformación Digital (PTD). 40.000 euros

Para resultar subvencionable el presupuesto del proyecto debe ser, como mínimo, de 5.000 euros (sin IVA). Sólo se subvencionará la implantación de un proyecto de cada uno de los dos tipos señalados por empresa solicitante. Y la subvención máxima por empresa será de 50.000 euros.

En el caso de subvenciones de importe superior a 30.000 euros, no podrán obtener la condición de beneficiarias las personas físicas y jurídicas, distintas de las entidades de derecho público, con ánimo de lucro que incumplan los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Los gastos subvencionables deberán haber sido abonados en los plazos de pago previstos en la normativa sectorial que resulte de aplicación o, en su defecto, en los establecidos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

Estado En resolución
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Órgano convocante Gobierno de Navarra - Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial
Descripción

GASTO AUTORIZADO

Un total de 890.343,71 euros para la convocatoria de 2023, distribuido de la siguiente forma:

  • Microempresas, pequeñas y medianas empresas del comercio minorista: 500.990,67 euros.
  • Asociaciones sin ánimo de lucro del sector comercial: 389.353,19 euros.

La concesión de las ayudas se realizará en régimen de evaluación individualizada, por orden de presentación de solicitudes, una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos exigidos, hasta el agotamiento del crédito presupuestario asignado en la convocatoria.

Las actuaciones para las que se solicite subvención deberán ejecutarse en el periodo comprendido entre el día 1 de enero de 2023 y el 15 de noviembre de 2023, ambos inclusive.

En el caso de aquellas solicitudes de ayudas que se presentaron a la convocatoria de subvenciones del Programa del comercio Fondo Tecnológico de 2022 y que fueron desestimadas por insuficiencia presupuestaria, se admitirán las actuaciones realizadas en el periodo comprendido entre el día 1 de enero de 2022 y el 15 de noviembre de 2023, ambos inclusive.

A estos efectos, se entenderá que se han ejecutado cuando se hayan realizado, facturado y pagado en ese periodo.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES

  1. Proyectos de nuevas tecnologías individual y/o del colectivo de asociados y asociadas, dirigidos a mejorar diferentes áreas de la estrategia comercial en línea y de comunicación, del modelo de negocio y de la experiencia de compra.
  2. Proyectos de nuevas tecnologías para la transformación del espacio físico de venta individual y/o del colectivo de asociados y asociadas, dirigidos tanto a las nuevas necesidades y hábitos de las y los consumidores como a nuevos modelos de gestión.
  3. Proyectos de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia, sostenibilidad de la entrega de última milla, en la cadena de suministro, trazabilidad y la economía circular.
  4. Proyectos de aplicación de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia en el consumo energético y de los recursos.

Asimismo, son subvencionables aquellas actuaciones de gasto corriente que sean indispensables para la correcta implantación de las soluciones tecnológicas, que permitan conocer la situación de partida, analizar la conveniencia de las actuaciones a acometer y diseñar el plan de acción que permita realizar una mejor selección y adaptación de las acciones a emprender por parte de la solicitante, en particular actuaciones de consultoría, auditoría, formación especializada o similares. Se admitirá como límite por estas actuaciones el 20% del importe total de la inversión subvencionable. En la justificación de las actuaciones realizadas se aplicará dicho límite sobre el importe de la inversión justificada admitida. Importe de la subvención, subvención máxima e importe mínimo subvencionable. 

Estado En resolución
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Órgano convocante Gobierno de Navarra - Servicio de Competitividad
Descripción

Breve resumen de la convocatoria:

Será objeto de ayuda la realización de proyectos cuya finalidad sea la mejora de la competitividad empresarial. Los proyectos podrán ser individuales (los realizados por una única empresa) o cooperativos (aquellos en los que participan dos o más empresas) y deberán estar relacionados con alguna de las siguientes áreas:

  1. Estrategia Reflexiones estratégicas. Diseño de modelos de negocio. Realización de diagnósticos globales de empresa.
  2. Organización Implantación de sistemas de gestión avanzada (Modelo Euskalit). Implantación de otros modelos organizativos y de gestión. Otras mejoras organizativas.
  3. Proceso-producto Diseño de producto y de proceso. Lean. Actuaciones de mejora de eficiencia energética. Otras mejoras de proceso.
  4. Transición ecológica Diagnósticos de economía circular. Proyectos de ecodiseño. Otros proyectos de economía circular.
  5. Transición digital: proyectos orientados a la digitalización de las empresas.
  6. Mercado Estudios sobre nuevos mercados en el ámbito nacional. Análisis del posicionamiento de la empresa en el mercado nacional.
  7. Innovación social: aplicación de la metodología “SIPRESTA” de la Unidad de Innovación Social de Navarra u otras equivalentes.
  8. Otras actuaciones: Acuerdos de fusión, integración y cooperación empresarial. Protocolos familiares y otros pactos de continuidad empresarial. Interim Management.
Estado En resolución
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Órgano convocante Gobierno de Navarra - Euskarabidea - Servicio de Planificación y Promoción del Euskera
Descripción

La cuantía total para proyectos de innovación y digitalización de medios de comunicación en euskera asciende a un máximo de 246.500 euros.

Serán subvencionables los proyectos que recojan una o varias de las siguientes actuaciones:

  • Bloque 1: elaboración de un Plan de Transformación Digital.
  • Bloque 2: definición, diseño y construcción de soluciones digitales.
  • Bloque 3: implantación o evolución de la cultura digital. Cada persona beneficiaria solo podrá presentar una única solicitud. Las personas que concurran mediante las agrupaciones no podrán presentar proyectos individuales, ni integrados en otra agrupación distinta.
Estado En resolución
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Órgano convocante Gobierno de Navarra -Sección de Gestión y Coordinación de Proyectos Estratégicos
Descripción

La subvención está financiada por la Unión Europea con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de los fondos Next Generation-UE y forma parte del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España.

Objeto de la convocatoria

Fomento de la economía verde y la digitalización a través del emprendimiento y la creación y consolidación de microempresas.

Las actuaciones financiadas contribuirán al desarrollo económico de la zona, al reto demográfico y a la transformación productiva, en alguno de los siguientes ámbitos: Turismo, comercio de proximidad y servicios. Industria, emprendimiento y desarrollo territorial sostenible. Agricultura, ganadería y forestal. Vivienda, transporte e infraestructuras.

Dos líneas de subvención

Línea A: ayudas a la inversión en emprendimiento y microempresas:

  • Tipología de actuaciones:
    • Creación de una nueva actividad económica.
    • Ampliación de capacidad de una actividad existente.
    • Diversificación de la actividad existente.
    • Transformación fundamental de la actividad productiva.
    • Apoyo al mantenimiento de actividades que se vinieran realizando en la zona.
  • Actuaciones subvencionables:
    • Adquisición, construcción o mejora de bienes inmuebles.
    • Dotación de bienes de equipo.
    • Costes generales vinculados a las anteriores.
    • Inversiones intangibles.
    • Promoción y difusión del proyecto.

Dotación económica total para la línea: 303.668,50 euros.

Línea B: subvención del gasto ocasionado por proyectos de apoyo e impulso de la actividad emprendedora y microempresas:

  • Actuaciones subvencionables:
    • las orientadas a la puesta en marcha de la actividad o su transición hacia modelos de economía verde y/o digital: Gastos de formación Gastos de consultoría Costes de personal Gastos de registro de patentes y marcas.
    • Gastos de reparación o conservación de locales.
    • Alquiler de locales y equipamientos.
    • Gastos generales derivados del funcionamiento normal de una empresa.
    • Materiales fungibles necesarios para el desarrollo de la actividad.
    • Los tributos, excepto los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.
    • Gastos financieros, de asesoría jurídica o financiera y similares, siempre que estén directamente relacionados con la acción subvencionada y resulten indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la misma.
  • Dotación económica total para la línea: 750.000,00 euros.

Cuantía de las subvenciones y procedimiento de concesión

La subvención máxima por solicitante será de 5.000 euros, pudiendo optarse a una o a ambas líneas de subvención. Las subvenciones objeto de esta convocatoria se tramitarán por el procedimiento de evaluación individualizada, por riguroso orden de presentación de solicitudes, hasta el agotamiento del crédito presupuestario asignado en la convocatoria.   Plazo de ejecución Serán financiables las actuaciones realizadas y pagadas entre el 1 de enero de 2022 y el 30 de septiembre de 2023.

Estado En resolución
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Órgano convocante Gobierno de Navarra - Servicio de Proyección Internacional
Descripción

La subvención tiene dos modalidades que cubren diferentes necesidades:

  • Bono Impulsa Iniciación: para aquellas empresas que inician o ya han dado sus primeros pasos en la exportación pero necesitan un impulso para su consolidación.
  • Bono Impulsa Consolidación: dirigido a empresas que ya tienen una cierta presencia en mercados exteriores.

El periodo para la realización de los gastos subvencionables estará comprendido entre la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra y el 16 de octubre de 2023, incluido. A estos efectos, se entenderá que el gasto está realizado cuando se haya facturado y pagado dentro de dicho periodo (más información en la base 3 de la convocatoria).

Estado En resolución
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Órgano convocante Gobierno de Navarra - Servicio de Avance Digital
Descripción

Ayuda a unidades familiares en situación de vulnerabilidad económica, orientada a la reducción de la brecha digital en cuanto a conectividad.

  • Esta ayuda o bono digital contribuirá a financiar la contratación de nuevos servicios de conexión a banda ancha o el incremento de la velocidad de los ya contratados desde una ubicación fija a una velocidad mínima de 30 Mbit por segundo en sentido descendente con la tecnología más adecuada en cada caso. Por tanto, todo aquel ciudadano o ciudadana que ya disponga de Fibra en casa queda descartado o descartada al disponer ya de mayor velocidad.
  • La cuantía de la ayuda es de 240 euros a repartir en doce mensualidades, de tal manera que se aplique una minoración mensual de 20 euros en la factura emitida por el operador con el que se contrate o amplíe el servicio de conexión a internet.
  • Solo se podrá solicitar un bono digital por unidad familiar y domicilio (que debe estar en Navarra).

 

En el plazo máximo de 90 días naturales desde la presentación de la solicitud, la persona solicitante recibirá una comunicación de pertenecer o no al colectivo vulnerable. En caso afirmativo, se solicitará el alta del servicio con alguno de los operadores inscrito en el Registro de operadores-colaboradores, antes del 30 de noviembre de 2023.

Estado En resolución
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Órgano convocante Dirección General de Innovación
Descripción
Inserción laboral de personas jóvenes investigadoras mediante su participación, como personal de investigación y tecnológico, en actividades de I+D+i

La finalidad de las ayudas es la inserción laboral de personas jóvenes investigadoras mediante su participación, como personal de investigación y tecnológico, en actividades de I+D+i y apoyo a estas actividades (máximo 6 contrataciones), desarrolladas por los agentes del Sistema Navarro de I+D+i (SINAI).

Se subvencionará la contratación de una persona durante 12 meses, así como posibilidad de subvencionar un segundo periodo de 12 meses siempre que se justifique la continuidad de la persona y haya crédito disponible. Estas personas a contratar deberán cumplir los requisitos de la base 7 (ver pestaña Normativa, Resolución 18E/2023), entre otros:

  • Tener una edad igual o mayor de 16 y menor de 30 años.
  • Estar desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en el servicio público de empleo correspondiente el día anterior al inicio del contrato.
  • Estar inscritas en el Registro Nacional de Garantía Juvenil.
  • Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones:
    • Titulaciones universitarias.
    • Formación profesional de grado superior o certificado de profesionalidad de nivel 3.
    • Formación profesional de grado medio o certificado de profesionalidad de nivel 2 (sólo para puestos de apoyo).
  • Certificado de profesionalidad de nivel 1 (sólo para puestos de apoyo).
  • No haber tenido relación contractual con la entidad beneficiaria ni con empresas asociadas o vinculadas (según las definiciones que de estos términos se realizan en el Anexo 1 del Reglamento (UE) número 651/2014) en el plazo de 6 meses inmediatamente anteriores a la formalización del contrato.
  • Los contratos deberán cumplir los requisitos de la base 6 (ver pestaña Normativa, Resolución 18E/2023), entre otros:
    • Se excluyen expresamente contratos de formación y aprendizaje y contratos en prácticas.
    • Ser a tiempo completo y tener una duración mínima de 12 meses.
    • Los grupos de cotización de la Seguridad Social serán 1 o 2 para titulaciones universitarias y de 1 a 9 para formación profesional de grado superior, formación profesional de grado medio o certificaciones de profesionalidad nivel 3, 2 o 1.
    • El salario bruto anual será como mínimo de 27.000 euros para grupos 1, 2, 3 y 4 y de 17.000 euros para grupos 5 a 9.

Serán comunicados, a través de la aplicación Contrat@, con la indicación “Programa Investigo. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia”, e incluyendo el número de registro de la oferta de empleo tramitada. La persona contratada prestará sus servicios en centros de trabajo radicados en Navarra y ocupará un puesto acorde a su titulación académica.

GASTOS SUBVENCIONABLES

Se financian los costes laborales y salariales de la persona contratada, incluyendo los conceptos de Seguridad Social, de manera que la concesión se realiza a través del régimen de módulos:

  • Módulo A (grupos Seg. Social 9 a 5, ambos inclusive): 22.300,94 euros.
  • Módulo B (grupos Seg. Social 4 a 1, ambos inclusive): 33.003,92 euros.

PASOS DEL PROCEDIMIENTO

Solicitud de ayuda y evaluación individualizada de la misma por orden de presentación. En su caso, concesión. Oferta de empleo, preselección por parte del SNE-NL (excepto contratos segundo periodo), así como selección y contratación de la persona. Documentación tras concesión y abono. Justificación final. Documentación informativa Infografía. Cronograma. Protección de datos de carácter personal. Presentación ayudas contratación.


Estado En resolución
Publicación / normativa Información de la convocatoria
Órgano convocante ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES
Descripción

Las ayudas (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de esta convocatoria “bono digital”) de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital, regulado en el artículo 12 de las Bases Reguladoras.

Podrán destinarse estas ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional. Para considerarse mejora funcional, deberá cumplir los siguientes requisitos:

  • La solución debe ser completamente nueva y cumplir todos los requisitos mínimos de la categoría a la que pertenece, conforme al Anexo IV de las Bases Reguladoras.
  • Que la solución sustituida no cumpliera con alguno de los requisitos mínimos exigidos en la misma categoría de solución de digitalización correspondiente.

 

No se considerará mejora funcional:

  • Ningún desarrollo, progreso, aumento o enriquecimiento de los servicios y funcionalidades de la solución existente.
  • Actualización de versiones de software por el proveedor, esto es, releases que el proveedor saque sobre una versión.
  • Upgrades o mejora de versiones.
Estado En plazo
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