Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
Órgano convocante | DEPARTAMENTO DE UNIVERSIDAD, INNOVACION Y TRANSFORMACION DIGITAL |
Descripción | El objeto de esta convocatoria es subvencionar actuaciones encaminadas a aumentar el conocimiento científico y técnico de la sociedad navarra, difundir los resultados de los proyectos de I+D+i realizados en Navarra y fomentar las vocaciones estudiantiles por las materias de naturaleza científica y técnica, todo ello con la finalidad última de aumentar el vínculo entre la ciencia y la ciudadanía, contribuyendo, así a formar personas científicamente cultas. |
Estado | En plazo |
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Órgano convocante | COMISIÓN EUROPEA |
Descripción | Se espera que los resultados de los proyectos contribuyan a algunos o todos los resultados siguientes: -Mejora de la ingeniería de seguridad de hardware y software; diseño de sistemas resistentes; |
Estado | En plazo |
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Órgano convocante | Gobierno de Navarra - Servicio de Fomento de la Industria |
Descripción | Tipos de proyectos subvencionables
Los proyectos deberán cumplir los requisitos especificados en la Base 3.2 de las Bases Reguladoras de la convocatoria (ver apartado 'Normativa' de esta ficha). |
Estado | En plazo |
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Órgano convocante | COMISIÓN EUROPEA |
Descripción | Los proyectos pueden incluir, en particular -Herramientas de subtitulación o accesibilidad/descubrimiento/recomendación que se utilicen ampliamente a través de las fronteras y las plataformas para mejorar la visibilidad, la disponibilidad y el potencial de audiencia de las obras audiovisuales europeas; La acción no cubre el desarrollo de hardware (por ejemplo, cámaras, auriculares virtuales...). |
Estado | En plazo |
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Órgano convocante | MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA |
Descripción | Esta Convocatoria tiene por finalidad la mejora de la conectividad de las pequeñas empresas, microempresas (entre 0 y menos de 50 trabajadores) y personas en situación de autoempleo. Las subvenciones se concederán mediante un procedimiento de concurrencia no competitiva. Las ayudas del Programa «Bono PYME» consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la contratación por las PYME beneficiarias de las soluciones de acceso a Internet y servicios asociados que deseen, siempre que resulten elegibles, estén disponibles en el mercado y tengan sus referencias incluidas en el Catálogo de Servicios de «Bono PYME» accesible desde la plataforma «Acelera PYME» https://www.acelerapyme.gob.es/ alojada en la sede electrónica del órgano concedente de las subvenciones. El beneficiario deberá emplear la ayuda concedida, cuyo derecho de cobro se denomina «bono de conectividad», en la contratación de una o varias soluciones de acceso a Internet y servicios asociados, formalizando para ello Contratos de prestación de Soluciones o Servicios con los Prestadores de Servicios, previos a la solicitud de la ayuda. Este «bono de conectividad», no podrá hacerse efectivo hasta que los Prestadores de Servicios, en nombre del beneficiario y siendo este el responsable último, presenten la correspondiente cuenta justificativa de la actividad realizada para la que se conceda la subvención y el órgano concedente considere justificada la subvención. |
Estado | En plazo |
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Órgano convocante | Comisión Europea |
Descripción | Resultados esperados: -Desarrollo de una solución tecnológica madura que aborde las prioridades de la política de seguridad de la UE en los ámbitos abordados por el programa de trabajo del Clúster 3; |
Estado | En plazo |
Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
Órgano convocante | MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA |
Descripción | |
Estado | En plazo |
Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
Órgano convocante | MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA |
Descripción | |
Estado | En plazo |
Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
Órgano convocante | Comisión Europea |
Descripción | Los proyectos deben contribuir a todos los siguientes resultados esperados:
Alcance : Este tema tiene como objetivo desarrollar e implementar un conjunto de herramientas y métodos innovadores en la Nube Colaborativa Europea para el Patrimonio Cultural (ECCCH) para la digitalización y el análisis de procesos dinámicos, objetos y datos combinados complejos. Se deben proporcionar aplicaciones concretas de estas herramientas y métodos para al menos los siguientes usos:
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Estado | En plazo |
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Órgano convocante | Ministerio para la Transformación Digital y de la función pública |
Descripción | Kit Consulting es un programa de ayudas dirigido a las pymes y destinado a contratar servicios de asesoramiento digital especializado y personalizado para sus negocios. Se trata de un programa de ayudas del Gobierno de España, gestionado por Red.es, entidad adscrita al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública a través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, cuyo objetivo es que las pymes de entre 10 y menos de 250 empleados den un paso más en el camino de su digitalización. Bono de asesoramiento digital especializado y personalizado Con los servicios de asesoramiento, las pymes obtendrán un itinerario para avanzar en la digitalización de su negocio para que den el salto de la transición digital a la transformación digital. El Programa se enmarca en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - inversión 3 del Componente 13, denominado “Impulso de la pyme”-, la agenda España Digital 2026 y el Plan de Digitalización de Pymes 2021-2026, y está dotado de un presupuesto de 300 millones de euros financiados por la Unión Europea a través de los fondos NextGenerationEU. |
Estado | En plazo |
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Órgano convocante | Ministerio de Industria y Turismo |
Descripción |
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Estado | En plazo |
Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
Órgano convocante | MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES |
Descripción | Podrán tener la condición de beneficiarias de las ayudas las empresas que estén válidamente constituidas tengan personalidad jurídica propia y domicilio fiscal en España, y desarrollen un proyecto de I+D en España. Se consideran empresas todas aquellas sociedades que se hayan constituido conforme a la Ley de Sociedades de Capital (sociedad de responsabilidad limitada, sociedad anónima y sociedad comanditaria por acciones). Asimismo, se considerarán a estos efectos como empresas aquellas entidades cuya actividad principal sea la realización de actividades económicas, esto es, que ofrezcan bienes y/o servicios en un determinado mercado (por ejemplo, Sociedades Agrarias de Transformación, Sociedades Cooperativas, Sociedades Laborales, Entidades Públicas Empresariales, Sociedades Mercantiles Estatales, etc.). Podrán ser beneficiarios de ayudas a Proyectos de I+D de Cooperación Nacional (tipología b) los consorcios integrados por empresas, que deberán estar formalizados mediante un acuerdo privado de colaboración. En los proyectos orientados (tipología g) sólo podrán ser beneficiarias aquellas empresas que se encuentren, al menos, en una situación comparable a una calificación crediticia de B- (satisfactoria). |
Estado | En plazo |
Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
Órgano convocante | MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES |
Descripción | |
Estado | En plazo |
Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
Órgano convocante | MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES |
Descripción | Los proyectos de innovación tecnológica son proyectos individuales, realizados por empresas con carácter aplicado, muy cercanos al mercado y con riesgo tecnológico medio/bajo, con facilidad de alcance de los objetivos previstos tanto técnicos como comerciales y con cortos periodos de recuperación de la inversión, que apoyen a la empresa en la mejora de su competitividad mediante la incorporación de tecnologías emergentes. |
Estado | En plazo |
Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
Órgano convocante | MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO - FUNDACIÓN EOI, F.S.P |
Descripción | Objeto, modalidad y cuantía individualizada de las ayudas
Empresas beneficiarias y sus requisitos.
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Estado | En plazo |
Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
Órgano convocante | MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN |
Descripción | Los proyectos de I+D vinculados a los PERTES Aeroespacial y de Salud de Vanguardia son proyectos de investigación y desarrollo empresarial de carácter aplicado para la creación o mejora significativa de un proceso productivo, producto o servicio. Los proyectos deben demostrar un aspecto tecnológico diferencial sobre las tecnologías existentes en el mercado. Los proyectos de I+D pueden comprender tanto actividades de investigación industrial como de desarrollo experimental Los proyectos de I+D son presentados por una única empresa. Cuando se haga referencia a pyme (pequeña y mediana empresa), se entenderá como aquella empresa que cumple los requisitos establecidos en la definición recogida en el Anexo I del Reglamento General de Exención por Categorías (Reglamento (UE) nº 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014. Además, se pueden subcontratar determinadas actividades del proyecto a otras empresas o a organismos de investigación, como universidades, centros tecnológicos, infraestructuras científicas singulares (ICTS2) u organismos públicos de investigación, entre otros. |
Estado | En plazo |
Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
Órgano convocante | ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES |
Descripción | Las ayudas (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de esta convocatoria “bono digital”) de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital, regulado en el artículo 12 de las Bases Reguladoras. Podrán destinarse estas ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional. De conformidad con el artículo 3.2 de las Bases Reguladoras, habrá mejora funcional cuando concurran las siguientes circunstancias:
Y no habrá mejora funcional cuando se trate de:
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Estado | En plazo |
Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
Órgano convocante | ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES |
Descripción | Las ayudas (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de esta convocatoria “bono digital”) de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital, regulado en el artículo 12 de las Bases Reguladoras. Podrán destinarse estas ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional. De conformidad con el artículo 3.2 de las Bases Reguladoras, habrá mejora funcional cuando concurran las siguientes circunstancias:
Y no habrá mejora funcional cuando se trate de:
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Estado | En plazo |
Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
Órgano convocante | ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES |
Descripción | Las ayudas (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de esta convocatoria "bono digital") de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital, regulado en el artículo 12 de las Bases Reguladoras. |
Estado | En plazo |
Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
Órgano convocante | ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES |
Descripción | Las ayudas (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de esta convocatoria “bono digital”) de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital, regulado en el artículo 12 de las Bases Reguladoras. Podrán destinarse estas ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional. De conformidad con el artículo 3.2 de las Bases Reguladoras, habrá mejora funcional cuando concurran las siguientes circunstancias:
Y no habrá mejora funcional cuando se trate de:
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Estado | En plazo |
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