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Publicación / normativa Información de la convocatoria
Órgano convocante Gobierno de Navarra - Servicio de Proyectos Estratégicos de la S4 y Emprendimiento
Descripción

Las ayudas para la realización de proyectos estratégicos de I+D persiguen fomentar la realización de proyectos de alto impacto que estén alineados con los sectores identificados en la Estrategia de Especialización Inteligente de Navarra.

Estado En resolución
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Órgano convocante Gobierno de Navarra - Servicio de Universidad
Descripción

Las ayudas tendrán una duración máxima de tres años y comprenderán los siguientes conceptos:

  • El importe del salario será de 1.275 euros mensuales durante las dos primeras anualidades y 1.460 euros mensuales para la tercera anualidad.
  • El importe de los costes de matrícula, tasas, gastos de obtención del título de doctor y otros gastos administrativos, hasta un máximo de 1.500 euros.
  • En el caso de cursar programas de doctorado en el extranjero, una cantidad suplementaria anual en concepto de gastos de viaje y seguro de asistencia.
Estado En resolución
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Órgano convocante Gobierno de Navarra - Servicio de I+D+i
Descripción

Dirigido a entidades que hayan presentado una propuesta de proyecto al programa europeo ERA-MIN 3.

Una vez realizada la solicitud de la "Full proposal" en la plataforma de ERA-MIN, las entidades navarras participantes deben solicitar su ayuda a la Dirección General de Innovación.

Estado En resolución
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Órgano convocante Gobierno de Navarra - Servicio de Fomento de la Industria
Descripción

Proyectos de inversión que tengan por finalidad:

  • La creación de un nuevo establecimiento.
  • La ampliación de un establecimiento existente.
  • La diversificación de la producción de un establecimiento en nuevos productos adicionales.
  • Un cambio esencial en el proceso general de producción de un establecimiento existente.
  • La adquisición de activos pertenecientes a un establecimiento.
Estado En resolución
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Órgano convocante Gobierno de Navarra - Servicio de Fomento de la Industria
Descripción

Ayudas para proyectos de inversión que muestren avances positivos en algunos de los siguientes aspectos:

  • Mejoras de la transformación y comercialización
  • Incremento del valor añadido del producto
  • Mejora de la calidad
  • Incremento de la capacidad productiva
  • Eficiencia energética y en el uso de los inputs
  • Incremento del empleo
  • Diversificación de actividades
  • Protección medioambiental
  • Seguridad laboral
  • Creación de un nuevo establecimiento
  • Ampliación de un establecimiento existente
Estado En resolución
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Órgano convocante Gobierno de Navarra - Servicio de Proyectos Estratégicos de la S4
Descripción

Hay tres modalidades de proyectos:

  • Proyecto individual de una empresa (presupuesto de 4.500.000 euros).
  • Proyecto de colaboración entre varias empresas (presupuesto de 4.000.000 euros).
  • Proyecto de transferencia del conocimiento, realizado entre una o varias empresas y uno o varios Agentes del SINAI (presupuesto de 4.000.000 euros).

Gastos subvencionables: los relacionados directamente con las actividades de I+D, como personal, materiales, amortización de equipos, colaboraciones externas y otros gastos.

La ayuda máxima por empresa y modalidad es de 200.000 euros y el máximo de subvención incluyendo todos los socios de los proyectos de colaboración entre empresas y de transferencia de conocimiento es de 500.000 euros.

Las ayudas se prevén compatibles para las mismas actuaciones con otras subvenciones de las Administraciones Públicas diferentes a la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

Estas ayudas están cofinanciadas al 40% por el Gobierno de Navarra y el Fondo FEDER de la Unión Europea.

Duración: se prevé desde la fecha de solicitud como muy pronto, hasta el 30 de abril de 2026.

Estado En resolución
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Órgano convocante Gobierno de Navarra - Servicio de Proyectos Estratégicos de la S4
Descripción

Hay tres modalidades de proyectos:

  • Proyecto individual de una empresa.
  • Proyecto de colaboración entre varias empresas.
  • Proyecto de transferencia del conocimiento, realizado entre una o varias empresas y uno o varios Agentes del SINAI.

Son gastos subvencionables los relacionados directamente con las actividades de I+D, como personal, materiales, amortización de equipos, colaboraciones externas y otros gastos.

La ayuda máxima por empresa y modalidad es de 200.000 euros.

Se establece un máximo de subvención para los proyectos de colaboración entre empresas y de transferencia de conocimiento de 500.000 euros.

Las ayudas se prevén compatibles para las mismas actuaciones con otras subvenciones de las Administraciones Públicas diferentes a la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

Estas ayudas están cofinanciadas al 40% por el Gobierno de Navarra y el Fondo FEDER de la Unión Europea.

Duración: la fecha de finalización inicial máxima es hasta el 31 de julio de 2025.

Estado En resolución
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Órgano convocante ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES
Descripción

Resolución de 20 de diciembre de 2023 de la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación por la que se aprueba la convocatoria de tramitación anticipada, correspondiente al año 2023, de las ayudas Torres Quevedo del Programa Estatal para Desarrollar, Atraer y Retener Talento, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023. 

Estado En plazo
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Órgano convocante MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO - FUNDACIÓN EOI, F.S.P
Descripción

Objeto, modalidad y cuantía individualizada de las ayudas

  1. El objeto es un programa de asesoramiento especializado y personalizado cuyo objetivo es ofrecer un análisis de la situación actual de la empresa en materia de Ciberseguridad para conocer su nivel de seguridad y elaboración de un Plan de Ciberseguridad específico para la misma con un diseño personalizado de acciones de mejora de ciberseguridad. Es un programa orientado a todo tipo de pymes, en especial aquellas que deseen mejorar o potenciar sus procesos de ciberseguridad.
  2. La modalidad de las ayudas que se concedan en el marco de esta convocatoria tendrá la consideración de ayudas en especie, consistentes en la recepción de un asesoramiento especializado y personalizado que permite la mejora de los niveles de ciberseguridad de las pymes.
  3. La prestación del servicio objeto de las ayudas se realizará por parte de entidades colaboradoras especializadas en asesoramiento en ciberseguridad que han sido seleccionadas por EOI a través de un procedimiento de licitación, conforme a lo establecido en el artículo 9 de la orden de bases. La pyme beneficiaria seleccionará, a través de su formulario de solicitud, a la entidad colaboradora que le prestará el servicio de entre las que han resultado adjudicatarias en el procedimiento de licitación.
  4. La ayuda se concederá mediante la correspondiente resolución administrativa de la Fundación EOI, por la cuantía que se recoge en el apartado 6 de este artículo.
  5. Las ayudas de esta convocatoria tienen la consideración de ayudas de menor importancia o de minimis, sujetas por tanto a lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.
  6. La cuantía individualizada de las ayudas en especie que se concedan, entendida como el equivalente de subvención bruta, será de 2.140 euros.

Empresas beneficiarias y sus requisitos.

  1. Podrán obtener la condición de beneficiarias las empresas que tengan la condición de PYME, que tengan personalidad jurídica propia en España y estén legalmente constituidas y debidamente inscritas en el registro correspondiente.
  2. Serán consideradas PYME, aquellas empresas que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 2 del anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
  3. Asimismo, las empresas beneficiarias deberán cumplir con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en lo referente a los requisitos para obtener la condición de beneficiaria, no pudiendo estar incursas en algunas de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la misma ley.
  4. Quedan excluidas de estas ayudas las entidades que integren el sector púbico institucional de cualquier Administración pública, vinculadas o dependientes de ésta, en los términos dispuestos en el artículo 81 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Tampoco podrán ser beneficiarias aquellas empresas que sean entidades colaboradoras, en los términos del artículo 9 de la orden de bases.
Estado En plazo
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Órgano convocante Comisión Europea
Descripción

El Acelerador EIC apoya a las empresas (principalmente pymes, incluidas las de nueva creación) para ampliar innovaciones de alto impacto con potencial para crear nuevos mercados o alterar los existentes. El Acelerador del EIC ofrece una combinación única de financiación de 0,5 a 17,5 millones de euros y servicios de aceleración empresarial (consulte la Sección V del programa de trabajo del EIC 2024 ). El Acelerador EIC se centra en particular en innovaciones basadas en descubrimientos científicos o avances tecnológicos ('tecnología profunda') y en las que se necesita una financiación significativa durante un largo período de tiempo antes de que se puedan generar beneficios ('capital paciente'). Estas innovaciones a menudo tienen dificultades para atraer financiación porque los riesgos y el plazo involucrados son demasiado altos. La financiación y el apoyo del Acelerador EIC están diseñados para permitir que dichos innovadores atraigan todos los importes de inversión necesarios para crecer en un plazo más corto. El Acelerador EIC respalda las últimas etapas del desarrollo tecnológico y su ampliación. Por lo tanto, el componente tecnológico de su innovación debe haber sido probado y validado en un laboratorio y otro entorno relevante (por ejemplo, al menos el nivel 5 de preparación tecnológica). El Acelerador del EIC busca apoyar a las empresas en las que el apoyo del EIC actuará como catalizador para atraer a otros inversores necesarios para ampliar la innovación. Los solicitantes del EIC Accelerator pueden presentar propuestas a través de:

  • EIC Accelerator Open , que no tiene prioridades temáticas predefinidas y está abierto a propuestas en cualquier campo de tecnología o aplicación;
  • EIC Accelerator Desafíos en áreas predefinidas de tecnologías emergentes y estratégicas

Para obtener más información, consulte el Programa de trabajo del EIC 2024 .

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