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Ayudas a la digitalización

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Órgano convocante MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO - FUNDACIÓN EOI, F.S.P
Descripción

Objeto, modalidad y cuantía individualizada de las ayudas

  1. El objeto es un programa de asesoramiento especializado y personalizado cuyo objetivo es ofrecer un análisis de la situación actual de la empresa en materia de Ciberseguridad para conocer su nivel de seguridad y elaboración de un Plan de Ciberseguridad específico para la misma con un diseño personalizado de acciones de mejora de ciberseguridad. Es un programa orientado a todo tipo de pymes, en especial aquellas que deseen mejorar o potenciar sus procesos de ciberseguridad.
  2. La modalidad de las ayudas que se concedan en el marco de esta convocatoria tendrá la consideración de ayudas en especie, consistentes en la recepción de un asesoramiento especializado y personalizado que permite la mejora de los niveles de ciberseguridad de las pymes.
  3. La prestación del servicio objeto de las ayudas se realizará por parte de entidades colaboradoras especializadas en asesoramiento en ciberseguridad que han sido seleccionadas por EOI a través de un procedimiento de licitación, conforme a lo establecido en el artículo 9 de la orden de bases. La pyme beneficiaria seleccionará, a través de su formulario de solicitud, a la entidad colaboradora que le prestará el servicio de entre las que han resultado adjudicatarias en el procedimiento de licitación.
  4. La ayuda se concederá mediante la correspondiente resolución administrativa de la Fundación EOI, por la cuantía que se recoge en el apartado 6 de este artículo.
  5. Las ayudas de esta convocatoria tienen la consideración de ayudas de menor importancia o de minimis, sujetas por tanto a lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.
  6. La cuantía individualizada de las ayudas en especie que se concedan, entendida como el equivalente de subvención bruta, será de 2.140 euros.

Empresas beneficiarias y sus requisitos.

  1. Podrán obtener la condición de beneficiarias las empresas que tengan la condición de PYME, que tengan personalidad jurídica propia en España y estén legalmente constituidas y debidamente inscritas en el registro correspondiente.
  2. Serán consideradas PYME, aquellas empresas que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 2 del anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
  3. Asimismo, las empresas beneficiarias deberán cumplir con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en lo referente a los requisitos para obtener la condición de beneficiaria, no pudiendo estar incursas en algunas de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la misma ley.
  4. Quedan excluidas de estas ayudas las entidades que integren el sector púbico institucional de cualquier Administración pública, vinculadas o dependientes de ésta, en los términos dispuestos en el artículo 81 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Tampoco podrán ser beneficiarias aquellas empresas que sean entidades colaboradoras, en los términos del artículo 9 de la orden de bases.
Estado En plazo
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Órgano convocante Comisión Europea
Descripción

El Acelerador EIC apoya a las empresas (principalmente pymes, incluidas las de nueva creación) para ampliar innovaciones de alto impacto con potencial para crear nuevos mercados o alterar los existentes. El Acelerador del EIC ofrece una combinación única de financiación de 0,5 a 17,5 millones de euros y servicios de aceleración empresarial (consulte la Sección V del programa de trabajo del EIC 2024 ). El Acelerador EIC se centra en particular en innovaciones basadas en descubrimientos científicos o avances tecnológicos ('tecnología profunda') y en las que se necesita una financiación significativa durante un largo período de tiempo antes de que se puedan generar beneficios ('capital paciente'). Estas innovaciones a menudo tienen dificultades para atraer financiación porque los riesgos y el plazo involucrados son demasiado altos. La financiación y el apoyo del Acelerador EIC están diseñados para permitir que dichos innovadores atraigan todos los importes de inversión necesarios para crecer en un plazo más corto. El Acelerador EIC respalda las últimas etapas del desarrollo tecnológico y su ampliación. Por lo tanto, el componente tecnológico de su innovación debe haber sido probado y validado en un laboratorio y otro entorno relevante (por ejemplo, al menos el nivel 5 de preparación tecnológica). El Acelerador del EIC busca apoyar a las empresas en las que el apoyo del EIC actuará como catalizador para atraer a otros inversores necesarios para ampliar la innovación. Los solicitantes del EIC Accelerator pueden presentar propuestas a través de:

  • EIC Accelerator Open , que no tiene prioridades temáticas predefinidas y está abierto a propuestas en cualquier campo de tecnología o aplicación;
  • EIC Accelerator Desafíos en áreas predefinidas de tecnologías emergentes y estratégicas

Para obtener más información, consulte el Programa de trabajo del EIC 2024 .

Estado En plazo
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Órgano convocante MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN
Descripción

El CDTI participa en el Programa para España del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA), de acuerdo con el Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de julio de 2021 por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, para financiar Proyectos individuales de inversión en acuicultura y Proyectos individuales de inversión en actividades de comercialización y transformación de los productos de la pesca y la acuicultura.

Se podrán conceder ayudas bajo esta tipología a las siguientes actividades:

  • Proyectos de inversiones productivas en acuicultura, destinados a:
  1. Inversiones para una acuicultura económicamente viable, competitiva y atractiva.
  2. Mejora y construcción de las infraestructuras dependientes de las explotaciones acuícolas y asociadas directamente a sus instalaciones.
  3. Protección de las instalaciones frente a adversidades climáticas, alteraciones del entorno y agua, escapes, depredadores, etc.
  • Proyectos de inversiones en comercialización y transformación de los productos de la pesca y de la acuicultura que:
  1. Fomenten la calidad y el valor añadido de los productos;
  2. Aumenten la eficiencia energética o a reducir el impacto en el medio ambiente, así como mejorar la movilidad sostenible de la distribución de productos de la pesca;
  3. Mejoren la seguridad, la higiene, la salud y las condiciones de trabajo;
  4. Favorezcan la economía circular mediante la prevención (ecodiseño y ecoeficiencia), optimización de los procesos y minimización de los residuos, el aprovechamiento comercial de los capturas no deseadas y subproductos, uso de descartes para el desarrollo de subproductos, transformación de capturas de pescado comercial que no puede destinarse al consumo humano, y transformación de subproductos obtenidos de las actividades principales de transformación.
  5. Fomenten la transformación de productos de la acuicultura ecológica, en virtud de los artículos 7 y 8 del Reglamento (UE) 2018/848;
  6. Fomenten la adaptación de los operadores a los requisitos de cumplimiento y certificación de acuerdo con el Reglamento (UE) nº 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo o del Reglamento (UE) 2018/848 en lo relativo a productos de acuicultura ecológica.
  7. Den lugar a nuevos o mejores productos, nuevos o mejores procesos, o nuevos o mejores sistemas de gestión y organización perfeccionados, en materia de la transformación, la conservación y la comercialización de los productos, incluyendo proyectos piloto
Estado En plazo
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Órgano convocante Gobierno de Navarra
Descripción

El requisito mínimo del programa es que en cada proyecto participen:

  • Al menos tres entidades de tres países diferentes incluidos en el ámbito territorial de PerMed.
  • Entidades beneficiarias: organismos de investigación y difusión del conocimiento (Universidades y Centros de Investigación), hospitales públicos o privados y empresas navarras.
  • Información sobre protección de datos

La documentación a presentar junto con la instancia telemática es la siguiente: Solicitud Memoria técnica descriptiva del proyecto ("Full proposal" en inglés) Acuerdo de colaboración firmado Cuentas registradas de los tres últimos ejercicios y datos sobre número de trabajadores y trabajadoras (solo las pymes) Declaración de transparencia

Estado En plazo
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Órgano convocante Gobierno de Navarra - Servicio de Proyectos Estratégicos S4
Descripción

Se financia la preparación y presentación de proyectos en los siguientes ámbitos:

A. Programa Horizonte Europa

B. Programa de investigación y formación EURATOM

C. Mecanismo Conectar Europa

D. Europa Digital

E. Mercado Único

F. Programa Espacial Europeo

G. LIFE: Programa para el Medio Ambiente y Acción Climática


Se financia la preparación y presentación de proyectos en los siguientes ámbitos:A. Programa Horizonte EuropaB. Programa de investigación y formación EURATOMC. Mecanismo Conectar EuropaD. Europa DigitalE. Mercado ÚnicoF. Programa Espacial EuropeoG. LIFE: Programa para el Medio Ambiente y Acción ClimáticaH. Interreg Sudoe y Espacio AtlánticoI. Europa CreativaJ. EU4HealthK. Mecanismo de Protección Civil de la Unión y rescEUL. Convocatorias en concurrencia competitiva de I+D+i de partenariados europeosSesión virtual de información de la convocatoria del 13/05/2024:Enlace al vídeo de la grabación del webinar.Aclaración importante: sobre la pregunta en la que se consulta si una misma entidad podía presentar dos proyectos distintos, uno por periodo. Si bien es cierto que en el webinar se indica que, aunque se presenten solicitudes para dos proyectos, no se concederá una ayuda por cada periodo, se debe matizar que sí se pueden enviar propuestas de una misma entidad a programas diferentes. Es decir, que si van a periodos diferentes, pero son del mismo programa no se puede presentar a la ayuda, pero si son de programas diferentes sí se podrían presentar, independientemente de que se hagan en periodos diferentes o en el mismo periodo.Presentación utilizada en el webinar.Documento con preguntas resueltas.

Estado En plazo
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Órgano convocante Comisión Europea
Descripción

Gastos esperados :

Se espera que los proyectos contribuyan a TODOS los siguientes resultados (con una línea de base clara para cada caso de uso):

  • Mejor interconexión de la infraestructura y los medios de transporte, lo que dará como resultado una movilidad puerta a puerta optimizada para pasajeros y mercancías al garantizar una reducción de al menos el 30 % del retraso medio (tiempo perdido por vehículo por kilómetro).
  • Reducción de los costos de operación del transporte en un 20% para los operadores de transporte junto con una reducción del 20% del consumo de combustibles fósiles en el transporte.
  • Evaluación y rediseño de la infraestructura existente (por ejemplo, carriles bici, senderos para caminar, puntos de carga, espacios de estacionamiento, etc.) para garantizar su uso efectivo y seguro por los diferentes modos de transporte. En cada una de las demostraciones piloto deberían evaluarse diferentes tipos de infraestructura y mejorarse la coexistencia segura de diversas formas de movilidad (por ejemplo, movilidad suave, activa y compartida).
  • Incremento de la robustez de las infraestructuras de transporte reduciendo en un 30% la probabilidad de fallo de la infraestructura.
  • Reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y otros contaminantes del transporte en un 30% para 2030 en las demostraciones piloto.
  • Reducir en un 50% el número de accidentes que involucran a usuarios de infraestructura y trabajadores de infraestructura en las manifestaciones piloto.
Estado En plazo
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Órgano convocante ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES
Descripción

Las ayudas (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de esta convocatoria “bono digital”) de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital, regulado en el artículo 12 de las Bases Reguladoras. 

Podrán destinarse estas ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional. De conformidad con el artículo 3.2 de las Bases Reguladoras, habrá mejora funcional cuando concurran las siguientes circunstancias:

  • Que la solución de digitalización sea completamente nueva y cumpla todos los requisitos mínimos de la categoría a la que pertenezca, conforme al Anexo IV de las Bases Reguladoras.
  • y que la solución a sustituir no cumpla alguno de los requisitos mínimos exigidos en la misma categoría de solución de digitalización correspondiente.

Y no habrá mejora funcional cuando se trate de:

  • El desarrollo, progreso, aumento o enriquecimiento de los servicios y funcionalidades de la solución existente.
  • La actualización de versiones de software por el proveedor, esto es, releases que el proveedor publique sobre una versión existente.
  • Upgrades o mejora de versiones.
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Órgano convocante ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES
Descripción

Las ayudas (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de esta convocatoria “bono digital”) de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital, regulado en el artículo 12 de las Bases Reguladoras.

Podrán destinarse estas ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional. De conformidad con el artículo 3.2 de las Bases Reguladoras, habrá mejora funcional cuando concurran las siguientes circunstancias:

  • Que la solución de digitalización sea completamente nueva y cumpla todos los requisitos mínimos de la categoría a la que pertenezca, conforme al Anexo IV de las Bases Reguladoras.
  • y que la solución a sustituir no cumpla alguno de los requisitos mínimos exigidos en la misma categoría de solución de digitalización correspondiente.

Y no habrá mejora funcional cuando se trate de:

  • El desarrollo, progreso, aumento o enriquecimiento de los servicios y funcionalidades de la solución existente.
  • La actualización de versiones de software por el proveedor, esto es, releases que el proveedor publique sobre una versión existente.
  • Upgrades o mejora de versiones.
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Órgano convocante ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES
Descripción

Las ayudas (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de esta convocatoria "bono digital") de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital, regulado en el artículo 12 de las Bases Reguladoras.

Estado En plazo
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Órgano convocante ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES
Descripción

Las ayudas (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de esta convocatoria “bono digital”) de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital, regulado en el artículo 12 de las Bases Reguladoras.

Podrán destinarse estas ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional. De conformidad con el artículo 3.2 de las Bases Reguladoras, habrá mejora funcional cuando concurran las siguientes circunstancias:

  • Que la solución de digitalización sea completamente nueva y cumpla todos los requisitos mínimos de la categoría a la que pertenezca, conforme al Anexo IV de las Bases Reguladoras.
  • y que la solución a sustituir no cumpla alguno de los requisitos mínimos exigidos en la misma categoría de solución de digitalización correspondiente.

Y no habrá mejora funcional cuando se trate de:

  • El desarrollo, progreso, aumento o enriquecimiento de los servicios y funcionalidades de la solución existente.
  • La actualización de versiones de software por el proveedor, esto es, releases que el proveedor publique sobre una versión existente.
  • Upgrades o mejora de versiones.
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Órgano convocante ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES
Descripción

Las ayudas (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de esta convocatoria “bono digital”) de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital, regulado en el artículo 12 de las Bases Reguladoras.

Estado En plazo
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Órgano convocante ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES
Descripción

Las ayudas (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de esta convocatoria “bono digital”) de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital, regulado en el artículo 12 de las Bases Reguladoras.

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Órgano convocante ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES
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Resolución de 20 de diciembre de 2023 de la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación por la que se aprueba la convocatoria de tramitación anticipada, correspondiente al año 2023, de las ayudas Torres Quevedo del Programa Estatal para Desarrollar, Atraer y Retener Talento, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023. 

Estado En plazo
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Órgano convocante ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES
Descripción

Las ayudas (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de esta convocatoria “bono digital”) de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital, regulado en el artículo 12 de las Bases Reguladoras.

Podrán destinarse estas ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional. Para considerarse mejora funcional, deberá cumplir los siguientes requisitos:

  • La solución debe ser completamente nueva y cumplir todos los requisitos mínimos de la categoría a la que pertenece, conforme al Anexo IV de las Bases Reguladoras.
  • Que la solución sustituida no cumpliera con alguno de los requisitos mínimos exigidos en la misma categoría de solución de digitalización correspondiente.

 

No se considerará mejora funcional:

  • Ningún desarrollo, progreso, aumento o enriquecimiento de los servicios y funcionalidades de la solución existente.
  • Actualización de versiones de software por el proveedor, esto es, releases que el proveedor saque sobre una versión.
  • Upgrades o mejora de versiones.
Estado En plazo
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Órgano convocante ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES
Descripción

Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas destinadas a la digitalización de empresas del segmento I en el marco de la Agenda España digital 2025, Programa Kit Digital.

Las ayudas (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de esta convocatoria “bono digital”) de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital, regulado en el artículo 12 de las Bases Reguladoras. 

Estado En plazo
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Órgano convocante Comisión Europea
Descripción

Las propuestas podrán abordar cualquier área de interés para la defensa, tales como, entre otras, las siguientes:

  • Medición y seguimiento del estado fisiológico y cognitivo;
  • Optimización del rendimiento cognitivo en la interacción hombre-máquina, incluso para la formación de equipos entre humanos y robots;
  • Aplicaciones Blockchain (por ejemplo, para identificación de amigos o enemigos);
  • Herramientas y aplicaciones que mejoran la selección de talentos en ciberseguridad;
  • Inteligencia artificial y sistemas robóticos autónomos;
  • Monitoreo del estado del sistema y a través de la interoperabilidad del ciclo de vida;
  • Soluciones para el reciclaje mecánico y químico “verde” de residuos de equipamiento individual de los soldados (uniformes, cascos, botas, mochilas, elementos plásticos, arneses, etc.);
  • Conceptos y tecnologías correspondientes para garantizar una reutilización segura del agua durante todo el ciclo del agua de un campamento desplegable o de un grupo de combate desplegado, incluidas consideraciones de seguridad e higiene microbianas;
  • Producción de combustible sintético a partir de residuos y biomasa para uso militar;
  • Tecnología de forma de onda electrónica de microondas de alta potencia (HPM) que contrarresta los sistemas electrónicos;
  • Tecnologías para placas de circuito impreso (PCB) avanzadas para electrónica de defensa.
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Órgano convocante Gobierno de Navarra - Servicio de Competitividad Empresarial y S4
Descripción

Será objeto de ayuda la realización de proyectos cuya finalidad sea la mejora de la competitividad empresarial. Los proyectos podrán ser individuales (los realizados por una única empresa) o cooperativos (aquellos en los que participan dos o más empresas) y deberán estar relacionados con alguna de las siguientes áreas:

  1. Estrategia Reflexiones estratégicas Diseño de modelos de negocio Realización de diagnósticos globales de empresa
  2. Organización y gestión Implantación de modelos organizativos y de gestión Otras mejoras organizativas
  3. Proceso-producto Diseño de producto y de proceso Lean Otras mejoras de proceso
  4. Economía circular Diagnósticos de economía circular Proyectos de ecodiseño Otros proyectos de economía circular
  5. Mercado Estudios sobre nuevos mercados en el ámbito nacional Análisis del posicionamiento de la empresa en el mercado nacional.
  6. Innovación social: Aplicación de la metodología “SIPRESTA” de la Unidad de Innovación Social de Navarra u otras equivalentes
  7. Otras actuaciones Acuerdos de fusión, integración y cooperación empresarial Protocolos familiares y otros pactos de continuidad empresarial Información sobre protección de datos de carácter personal.
Estado En resolución
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Órgano convocante Gobierno de Navarra -Servicio de Ordenación y Fomento del Comercio
Descripción

Dotación presupuestaria: 1.170.000 euros.

Tipos de proyectos subvencionables:

  • Modernización y Reforma (PMR)
  • Traspaso comercial (PTC)
  •  Comercio no Sedentario (PCNS)
  • Emprendimiento Comercial (PEC)
  • Digitalización comercial (PDC)

Periodo subvencionable:

Inversiones realizadas (realizados, facturados y abonados) en el 17 de octubre de 2023 y 17 de octubre de 2024.

Estado En resolución
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Órgano convocante Gobierno de Navarra - Euskarabidea - Servicio de Planificación y Promoción del Euskera
Descripción

La cuantía total para proyectos de innovación y digitalización de medios de comunicación en euskera asciende a un máximo de 271.500 euros.

Serán subvencionables los proyectos que recojan una o varias de las siguientes actuaciones:

  • Bloque 1: elaboración de un Plan de Transformación Digital.
  • Bloque 2: definición, diseño y construcción de soluciones digitales.

Cada persona beneficiaria solo podrá presentar una única solicitud.

Estado En resolución
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Órgano convocante MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN
Descripción

La presente convocatoria tiene como objeto la financiación de: 1. Acciones de innovación, que aborden desafíos sociales, económicos, medioambientales y de desarrollo de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. Las acciones de innovación deberán impulsar soluciones innovadoras, ya desarrolladas y testadas exitosamente a nivel piloto, con el fin de aplicarlas y demostrar la posibilidad de replicarlas a mayor escala para lograr un desarrollo sostenible e incluyente. Asimismo, se podrá cofinanciar la escalabilidad y replicabilidad de aquellas soluciones innovadoras ya aplicadas con éxito en los países socios de la Cooperación Española. 2. Acciones de conocimiento en el ámbito de la innovación, que comprenderán investigaciones y estudios aplicados acompañados de formaciones y/o seminarios, que cuenten con un componente innovador, y referidos a los ámbitos temáticos incluidos en esta convocatoria. Se valorará la naturaleza innovadora de cada propuesta y su aplicabilidad, cofinanciándose también la fase piloto o experimental. Estas acciones de conocimiento no son proyectos de cooperación al uso sino que estarán orientadas a reforzar las capacidades de la AECID y/o de los actores de la Cooperación Española. La AECID designará una unidad responsable de la coordinación con la entidad beneficiaria para asegurar la apropiación y diseminación del conocimiento generado a través de cada acción

Estado En resolución

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