Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
Órgano convocante | MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO - FUNDACIÓN EOI, F.S.P |
Descripción | Objeto, modalidad y cuantía individualizada de las ayudas
Empresas beneficiarias y sus requisitos.
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Estado | En plazo |
Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
Órgano convocante | Comisión Europea |
Descripción | El Acelerador EIC apoya a las empresas (principalmente pymes, incluidas las de nueva creación) para ampliar innovaciones de alto impacto con potencial para crear nuevos mercados o alterar los existentes. El Acelerador del EIC ofrece una combinación única de financiación de 0,5 a 17,5 millones de euros y servicios de aceleración empresarial (consulte la Sección V del programa de trabajo del EIC 2024 ). El Acelerador EIC se centra en particular en innovaciones basadas en descubrimientos científicos o avances tecnológicos ('tecnología profunda') y en las que se necesita una financiación significativa durante un largo período de tiempo antes de que se puedan generar beneficios ('capital paciente'). Estas innovaciones a menudo tienen dificultades para atraer financiación porque los riesgos y el plazo involucrados son demasiado altos. La financiación y el apoyo del Acelerador EIC están diseñados para permitir que dichos innovadores atraigan todos los importes de inversión necesarios para crecer en un plazo más corto. El Acelerador EIC respalda las últimas etapas del desarrollo tecnológico y su ampliación. Por lo tanto, el componente tecnológico de su innovación debe haber sido probado y validado en un laboratorio y otro entorno relevante (por ejemplo, al menos el nivel 5 de preparación tecnológica). El Acelerador del EIC busca apoyar a las empresas en las que el apoyo del EIC actuará como catalizador para atraer a otros inversores necesarios para ampliar la innovación. Los solicitantes del EIC Accelerator pueden presentar propuestas a través de:
Para obtener más información, consulte el Programa de trabajo del EIC 2024 . |
Estado | En plazo |
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Órgano convocante | MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN |
Descripción | El CDTI participa en el Programa para España del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA), de acuerdo con el Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de julio de 2021 por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, para financiar Proyectos individuales de inversión en acuicultura y Proyectos individuales de inversión en actividades de comercialización y transformación de los productos de la pesca y la acuicultura. Se podrán conceder ayudas bajo esta tipología a las siguientes actividades:
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Estado | En plazo |
Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
Órgano convocante | Gobierno de Navarra |
Descripción | El requisito mínimo del programa es que en cada proyecto participen:
La documentación a presentar junto con la instancia telemática es la siguiente: Solicitud Memoria técnica descriptiva del proyecto ("Full proposal" en inglés) Acuerdo de colaboración firmado Cuentas registradas de los tres últimos ejercicios y datos sobre número de trabajadores y trabajadoras (solo las pymes) Declaración de transparencia |
Estado | En plazo |
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Órgano convocante | Gobierno de Navarra - Servicio de Proyectos Estratégicos S4 |
Descripción | Se financia la preparación y presentación de proyectos en los siguientes ámbitos: A. Programa Horizonte Europa B. Programa de investigación y formación EURATOM C. Mecanismo Conectar Europa D. Europa Digital E. Mercado Único F. Programa Espacial Europeo G. LIFE: Programa para el Medio Ambiente y Acción Climática Se financia la preparación y presentación de proyectos en los siguientes ámbitos:A. Programa Horizonte EuropaB. Programa de investigación y formación EURATOMC. Mecanismo Conectar EuropaD. Europa DigitalE. Mercado ÚnicoF. Programa Espacial EuropeoG. LIFE: Programa para el Medio Ambiente y Acción ClimáticaH. Interreg Sudoe y Espacio AtlánticoI. Europa CreativaJ. EU4HealthK. Mecanismo de Protección Civil de la Unión y rescEUL. Convocatorias en concurrencia competitiva de I+D+i de partenariados europeosSesión virtual de información de la convocatoria del 13/05/2024:Enlace al vídeo de la grabación del webinar.Aclaración importante: sobre la pregunta en la que se consulta si una misma entidad podía presentar dos proyectos distintos, uno por periodo. Si bien es cierto que en el webinar se indica que, aunque se presenten solicitudes para dos proyectos, no se concederá una ayuda por cada periodo, se debe matizar que sí se pueden enviar propuestas de una misma entidad a programas diferentes. Es decir, que si van a periodos diferentes, pero son del mismo programa no se puede presentar a la ayuda, pero si son de programas diferentes sí se podrían presentar, independientemente de que se hagan en periodos diferentes o en el mismo periodo.Presentación utilizada en el webinar.Documento con preguntas resueltas. |
Estado | En plazo |
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Órgano convocante | Comisión Europea |
Descripción | Gastos esperados : Se espera que los proyectos contribuyan a TODOS los siguientes resultados (con una línea de base clara para cada caso de uso):
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Estado | En plazo |
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Órgano convocante | ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES |
Descripción | Las ayudas (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de esta convocatoria “bono digital”) de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital, regulado en el artículo 12 de las Bases Reguladoras. Podrán destinarse estas ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional. De conformidad con el artículo 3.2 de las Bases Reguladoras, habrá mejora funcional cuando concurran las siguientes circunstancias:
Y no habrá mejora funcional cuando se trate de:
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Estado | En plazo |
Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
Órgano convocante | ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES |
Descripción | Las ayudas (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de esta convocatoria “bono digital”) de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital, regulado en el artículo 12 de las Bases Reguladoras. Podrán destinarse estas ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional. De conformidad con el artículo 3.2 de las Bases Reguladoras, habrá mejora funcional cuando concurran las siguientes circunstancias:
Y no habrá mejora funcional cuando se trate de:
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Estado | En plazo |
Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
Órgano convocante | ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES |
Descripción | Las ayudas (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de esta convocatoria "bono digital") de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital, regulado en el artículo 12 de las Bases Reguladoras. |
Estado | En plazo |
Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
Órgano convocante | ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES |
Descripción | Las ayudas (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de esta convocatoria “bono digital”) de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital, regulado en el artículo 12 de las Bases Reguladoras. Podrán destinarse estas ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional. De conformidad con el artículo 3.2 de las Bases Reguladoras, habrá mejora funcional cuando concurran las siguientes circunstancias:
Y no habrá mejora funcional cuando se trate de:
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Estado | En plazo |
Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
Órgano convocante | ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES |
Descripción | Las ayudas (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de esta convocatoria “bono digital”) de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital, regulado en el artículo 12 de las Bases Reguladoras. |
Estado | En plazo |
Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
Órgano convocante | ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES |
Descripción | Las ayudas (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de esta convocatoria “bono digital”) de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital, regulado en el artículo 12 de las Bases Reguladoras. |
Estado | En plazo |
Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
Órgano convocante | ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES |
Descripción | Resolución de 20 de diciembre de 2023 de la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación por la que se aprueba la convocatoria de tramitación anticipada, correspondiente al año 2023, de las ayudas Torres Quevedo del Programa Estatal para Desarrollar, Atraer y Retener Talento, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023. |
Estado | En plazo |
Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
Órgano convocante | ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES |
Descripción | Las ayudas (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de esta convocatoria “bono digital”) de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital, regulado en el artículo 12 de las Bases Reguladoras. Podrán destinarse estas ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional. Para considerarse mejora funcional, deberá cumplir los siguientes requisitos:
No se considerará mejora funcional:
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Estado | En plazo |
Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
Órgano convocante | ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES |
Descripción | Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas destinadas a la digitalización de empresas del segmento I en el marco de la Agenda España digital 2025, Programa Kit Digital. Las ayudas (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de esta convocatoria “bono digital”) de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital, regulado en el artículo 12 de las Bases Reguladoras. |
Estado | En plazo |
Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
Órgano convocante | Comisión Europea |
Descripción | Las propuestas podrán abordar cualquier área de interés para la defensa, tales como, entre otras, las siguientes:
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Estado | Pendiente de publicar |
Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
Órgano convocante | Gobierno de Navarra - Servicio de Competitividad Empresarial y S4 |
Descripción | Será objeto de ayuda la realización de proyectos cuya finalidad sea la mejora de la competitividad empresarial. Los proyectos podrán ser individuales (los realizados por una única empresa) o cooperativos (aquellos en los que participan dos o más empresas) y deberán estar relacionados con alguna de las siguientes áreas:
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Estado | En resolución |
Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
Órgano convocante | Gobierno de Navarra -Servicio de Ordenación y Fomento del Comercio |
Descripción | Dotación presupuestaria: 1.170.000 euros. Tipos de proyectos subvencionables:
Periodo subvencionable: Inversiones realizadas (realizados, facturados y abonados) en el 17 de octubre de 2023 y 17 de octubre de 2024. |
Estado | En resolución |
Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
Órgano convocante | Gobierno de Navarra - Euskarabidea - Servicio de Planificación y Promoción del Euskera |
Descripción | La cuantía total para proyectos de innovación y digitalización de medios de comunicación en euskera asciende a un máximo de 271.500 euros. Serán subvencionables los proyectos que recojan una o varias de las siguientes actuaciones:
Cada persona beneficiaria solo podrá presentar una única solicitud. |
Estado | En resolución |
Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
Órgano convocante | MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN |
Descripción | La presente convocatoria tiene como objeto la financiación de: 1. Acciones de innovación, que aborden desafíos sociales, económicos, medioambientales y de desarrollo de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. Las acciones de innovación deberán impulsar soluciones innovadoras, ya desarrolladas y testadas exitosamente a nivel piloto, con el fin de aplicarlas y demostrar la posibilidad de replicarlas a mayor escala para lograr un desarrollo sostenible e incluyente. Asimismo, se podrá cofinanciar la escalabilidad y replicabilidad de aquellas soluciones innovadoras ya aplicadas con éxito en los países socios de la Cooperación Española. 2. Acciones de conocimiento en el ámbito de la innovación, que comprenderán investigaciones y estudios aplicados acompañados de formaciones y/o seminarios, que cuenten con un componente innovador, y referidos a los ámbitos temáticos incluidos en esta convocatoria. Se valorará la naturaleza innovadora de cada propuesta y su aplicabilidad, cofinanciándose también la fase piloto o experimental. Estas acciones de conocimiento no son proyectos de cooperación al uso sino que estarán orientadas a reforzar las capacidades de la AECID y/o de los actores de la Cooperación Española. La AECID designará una unidad responsable de la coordinación con la entidad beneficiaria para asegurar la apropiación y diseminación del conocimiento generado a través de cada acción |
Estado | En resolución |
IMPULSADO POR:
FINANCIADO POR:
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