Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
Órgano convocante | MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN |
Descripción | El CDTI participa en el Programa para España del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA), de acuerdo con el Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de julio de 2021 por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, para financiar Proyectos individuales de inversión en acuicultura y Proyectos individuales de inversión en actividades de comercialización y transformación de los productos de la pesca y la acuicultura. Se podrán conceder ayudas bajo esta tipología a las siguientes actividades:
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Estado | En plazo |
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Órgano convocante | Gobierno de Navarra |
Descripción | El requisito mínimo del programa es que en cada proyecto participen:
La documentación a presentar junto con la instancia telemática es la siguiente: Solicitud Memoria técnica descriptiva del proyecto ("Full proposal" en inglés) Acuerdo de colaboración firmado Cuentas registradas de los tres últimos ejercicios y datos sobre número de trabajadores y trabajadoras (solo las pymes) Declaración de transparencia |
Estado | En plazo |
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Órgano convocante | Comisión Europea |
Descripción | Resultados esperados: El resultado esperado de esta convocatoria es promover decisiones de inversión mejores e informadas, una mayor transparencia del mercado y evaluaciones comparativas de desempeño, con el objetivo de promover inversiones en entidades de propósito social (empresas sociales, nuevas empresas sociales, empresas de impacto, etc.) a través de mejores Servicios de capacidades de datos y herramientas y prácticas de gestión de impacto. Por lo tanto, esta convocatoria satisfará la necesidad expresada por muchos actores del mercado, que muestran un hambre de datos cada vez mayor, no suficientemente abordada por las iniciativas públicas y privadas actuales. Alcance : El objetivo de la convocatoria es promover la prestación de servicios de capacidades de datos mejoradas, así como herramientas y prácticas de gestión de impacto a entidades con fines sociales (como, pero no exclusivamente, empresas sociales, entidades de economía social, empresas emergentes sociales, empresas de impacto ) para aumentar su capacidad de inversión de impacto social. Un mercado más fuerte, más transparente y que funcione mejor para la inversión de impacto social es fundamental para cumplir con el Pilar Europeo de Derechos Sociales mediante la promoción de inversiones en muchas de las áreas cubiertas por sus principios, y especialmente en las siguientes: 3. Igualdad de oportunidades, 4. Apoyo activo al empleo, 5. Empleo seguro y adaptable, 11. Cuidado y apoyo a los niños, 12. Protección social, 17. Inclusión de personas con discapacidad, 18. Cuidados de larga duración, 19. Vivienda y asistencia a personas sin hogar, y 20. Acceso a servicios esenciales. |
Estado | En plazo |
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Órgano convocante | Gobierno de Navarra - Sección de Proyectos Audiovisuales y Digitales |
Descripción |
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Estado | En resolución |
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Órgano convocante | Gobierno de Navarra - Sección de Diversificación Rural y Desarrollo Sostenible |
Descripción | Proyectos piloto: Por proyecto piloto se entiende el conjunto de acciones de carácter experimental y/o demostrativo a pequeña escala, con un esfuerzo temporal acotado, para probar en la práctica una idea con el fin de dar solución a problemas reales, y que conlleve transferencia de conocimiento en beneficio del sector agroalimentario. Debe ser de interés común y orientado a todo un sector/subsector. Los resultados obtenidos pueden ser o no los esperados.
Descripción de las ayudas: De entre todas las entidades del grupo de cooperación se designará, por acuerdo de las mismas, la figura de la entidad coordinadora. Este hecho deberá quedar reflejado en el convenio de colaboración que establecerán entre todas las entidades. La entidad coordinadora actuará como única interlocutora con la Administración, canalizándose a través suya la subvención. El procedimiento de concesión será por concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas, en base a un baremo. La ayuda es en forma de subvención directa de capital. La intensidad de la ayuda será el 90% del gasto elegible convenientemente justificado. El máximo de ayuda concedida es de 200.000 euros por proyecto. El abono se realizará en un único pago en 2026. La ayuda está cofinanciada en un 25% por el FEADER. Pasos del procedimiento: Recepción, revisión y valoración de las solicitudes de ayuda. Comparación de las solicitudes presentadas conforme baremo. Resolución de concesión (aprobación o denegación, según proceda). Declaración sobre la obligación de transparencia. Solicitud de pago. Abono de la ayuda. Información general de la medida: Guía de ayuda de la medida Documentos de ayuda para tramitar: Manual de usuario extr@PDR |
Estado | En resolución |
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Órgano convocante | Gobierno de Navarra - Servicio de Fomento de la Industria |
Descripción | PROYECTOS SUBVENCIONABLES Serán subvencionables los siguientes tipos de proyectos de implantación de: A. Soluciones TIC aplicadas a la transformación digital de la empresa. B. Oportunidades de transformación digital detectadas en el Plan de Transformación Digital (en adelante, PTD). Sólo se subvencionará la implantación de un proyecto de cada uno de los dos tipos señalados.
GASTOS SUBVENCIONABLES Los gastos subvencionables serán facturados a la beneficiaria de la ayuda por empresas externas para la implantación de la solución elegida:
PERIODO DE REALIZACIÓN El periodo para la realización de los gastos subvencionables estará comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2023. IMPORTE DE LA AYUDA El porcentaje de ayuda es del 40%. Se concederá un 5% de intensidad de ayuda adicional a las empresas que hayan adoptado alguna de las medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres previstas en la Base Reguladora 5.3. Los importes máximos de ayuda, en función del tipo de proyecto, son los siguientes: Proyecto de implantación Ayuda máxima
Para resultar subvencionable el presupuesto del proyecto debe ser, como mínimo, de 5.000 euros (sin IVA). Sólo se subvencionará la implantación de un proyecto de cada uno de los dos tipos señalados por empresa solicitante. Y la subvención máxima por empresa será de 50.000 euros. En el caso de subvenciones de importe superior a 30.000 euros, no podrán obtener la condición de beneficiarias las personas físicas y jurídicas, distintas de las entidades de derecho público, con ánimo de lucro que incumplan los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Los gastos subvencionables deberán haber sido abonados en los plazos de pago previstos en la normativa sectorial que resulte de aplicación o, en su defecto, en los establecidos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. |
Estado | En resolución |
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Órgano convocante | Gobierno de Navarra - Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial |
Descripción | GASTO AUTORIZADO Un total de 890.343,71 euros para la convocatoria de 2023, distribuido de la siguiente forma:
La concesión de las ayudas se realizará en régimen de evaluación individualizada, por orden de presentación de solicitudes, una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos exigidos, hasta el agotamiento del crédito presupuestario asignado en la convocatoria. Las actuaciones para las que se solicite subvención deberán ejecutarse en el periodo comprendido entre el día 1 de enero de 2023 y el 15 de noviembre de 2023, ambos inclusive. En el caso de aquellas solicitudes de ayudas que se presentaron a la convocatoria de subvenciones del Programa del comercio Fondo Tecnológico de 2022 y que fueron desestimadas por insuficiencia presupuestaria, se admitirán las actuaciones realizadas en el periodo comprendido entre el día 1 de enero de 2022 y el 15 de noviembre de 2023, ambos inclusive. A estos efectos, se entenderá que se han ejecutado cuando se hayan realizado, facturado y pagado en ese periodo. PROYECTOS SUBVENCIONABLES
Asimismo, son subvencionables aquellas actuaciones de gasto corriente que sean indispensables para la correcta implantación de las soluciones tecnológicas, que permitan conocer la situación de partida, analizar la conveniencia de las actuaciones a acometer y diseñar el plan de acción que permita realizar una mejor selección y adaptación de las acciones a emprender por parte de la solicitante, en particular actuaciones de consultoría, auditoría, formación especializada o similares. Se admitirá como límite por estas actuaciones el 20% del importe total de la inversión subvencionable. En la justificación de las actuaciones realizadas se aplicará dicho límite sobre el importe de la inversión justificada admitida. Importe de la subvención, subvención máxima e importe mínimo subvencionable. |
Estado | En resolución |
Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
Órgano convocante | Gobierno de Navarra - Servicio de Competitividad |
Descripción | Breve resumen de la convocatoria: Será objeto de ayuda la realización de proyectos cuya finalidad sea la mejora de la competitividad empresarial. Los proyectos podrán ser individuales (los realizados por una única empresa) o cooperativos (aquellos en los que participan dos o más empresas) y deberán estar relacionados con alguna de las siguientes áreas:
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Estado | En resolución |
Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
Órgano convocante | Gobierno de Navarra - Euskarabidea - Servicio de Planificación y Promoción del Euskera |
Descripción | La cuantía total para proyectos de innovación y digitalización de medios de comunicación en euskera asciende a un máximo de 246.500 euros. Serán subvencionables los proyectos que recojan una o varias de las siguientes actuaciones:
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Estado | En resolución |
Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
Órgano convocante | Gobierno de Navarra -Sección de Gestión y Coordinación de Proyectos Estratégicos |
Descripción | La subvención está financiada por la Unión Europea con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de los fondos Next Generation-UE y forma parte del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España. Objeto de la convocatoria Fomento de la economía verde y la digitalización a través del emprendimiento y la creación y consolidación de microempresas. Las actuaciones financiadas contribuirán al desarrollo económico de la zona, al reto demográfico y a la transformación productiva, en alguno de los siguientes ámbitos: Turismo, comercio de proximidad y servicios. Industria, emprendimiento y desarrollo territorial sostenible. Agricultura, ganadería y forestal. Vivienda, transporte e infraestructuras. Dos líneas de subvención Línea A: ayudas a la inversión en emprendimiento y microempresas:
Dotación económica total para la línea: 303.668,50 euros. Línea B: subvención del gasto ocasionado por proyectos de apoyo e impulso de la actividad emprendedora y microempresas:
Cuantía de las subvenciones y procedimiento de concesión La subvención máxima por solicitante será de 5.000 euros, pudiendo optarse a una o a ambas líneas de subvención. Las subvenciones objeto de esta convocatoria se tramitarán por el procedimiento de evaluación individualizada, por riguroso orden de presentación de solicitudes, hasta el agotamiento del crédito presupuestario asignado en la convocatoria. Plazo de ejecución Serán financiables las actuaciones realizadas y pagadas entre el 1 de enero de 2022 y el 30 de septiembre de 2023. |
Estado | En resolución |