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Ayudas a la digitalización

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Órgano convocante MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
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Órgano convocante MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
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Órgano convocante Comisión Europea
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Los proyectos deben contribuir a todos los siguientes resultados esperados:

  • La Nube Colaborativa Europea para el Patrimonio Cultural (ECCCH) es ampliamente utilizada por profesionales e investigadores europeos del patrimonio cultural [1] para digitalizar objetos, procesos y prácticas dinámicos [2] .
  • El ECCCH es ampliamente utilizado por investigadores y profesionales del patrimonio cultural europeos para monitorear la evolución del estado de los objetos del patrimonio cultural [3] a lo largo del tiempo.
  • El ECCCH es ampliamente utilizado por investigadores y profesionales del patrimonio cultural europeos para la interacción avanzada con contenido digital, lo que permite nuevas formas de interactuar, mezclar y remezclar diferentes tipos de datos, mejorando las capacidades de conocimiento y el potencial de representación.
  • Los profesionales e investigadores europeos del patrimonio cultural reciben información clara, así como módulos de formación específicos sobre las herramientas y métodos innovadores desarrollados.

Alcance :

Este tema tiene como objetivo desarrollar e implementar un conjunto de herramientas y métodos innovadores en la Nube Colaborativa Europea para el Patrimonio Cultural (ECCCH) para la digitalización y el análisis de procesos dinámicos, objetos y datos combinados complejos. Se deben proporcionar aplicaciones concretas de estas herramientas y métodos para al menos los siguientes usos:

  • Digitalización de objetos, procesos y prácticas dinámicas.
  • Seguimiento de la evolución del estado de los bienes del patrimonio cultural a lo largo del tiempo
  • Interactuar, mezclar y remezclar diferentes tipos de datos
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Órgano convocante Gobierno de Navarra - Servicio de Competitividad Empresarial y S4
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Será objeto de ayuda la realización de proyectos cuya finalidad sea la mejora de la competitividad empresarial. Los proyectos podrán ser individuales (los realizados por una única empresa) o cooperativos (aquellos en los que participan dos o más empresas) y deberán estar relacionados con alguna de las siguientes áreas:

  1. Estrategia Reflexiones estratégicas Diseño de modelos de negocio Realización de diagnósticos globales de empresa
  2. Organización y gestión Implantación de modelos organizativos y de gestión Otras mejoras organizativas
  3. Proceso-producto Diseño de producto y de proceso Lean Otras mejoras de proceso
  4. Economía circular Diagnósticos de economía circular Proyectos de ecodiseño Otros proyectos de economía circular
  5. Mercado Estudios sobre nuevos mercados en el ámbito nacional Análisis del posicionamiento de la empresa en el mercado nacional.
  6. Innovación social: Aplicación de la metodología “SIPRESTA” de la Unidad de Innovación Social de Navarra u otras equivalentes
  7. Otras actuaciones Acuerdos de fusión, integración y cooperación empresarial Protocolos familiares y otros pactos de continuidad empresarial Información sobre protección de datos de carácter personal.
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Órgano convocante DEPARTAMENTO DE UNIVERSIDAD, INNOVACION Y TRANSFORMACION DIGITAL
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1. La finalidad de estas ayudas es:

a) Favorecer la consolidación de los agentes del SINAI.

b) Potenciar  la  colaboración  entre  los  diferentes  agentes  que  actúan  en  el  ámbito  de  la investigación y la innovación.

c) Conseguir  un  mayor  nivel  de  excelencia  y  especialización  de  los  agentes,  con  una orientación  a  ampliar  los  conocimientos  en  las  áreas  enmarcadas  dentro  de  las prioridades  temáticas  establecidas  en  la  Estrategia  de  Especialización  Inteligente  de Navarra (S4)  así  como  a  contribuir  al  progreso  de  Navarra  en  la  consecución  de  los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y a la transición ecológica, siempre teniendo en cuenta la transversalidad de la igualdad de género.

d) Mejorar el servicio que los agentes prestan a las empresas.

2. Mediante estas ayudas se financia la actividad no económica que realizan los agentes. Se entiende  por  actividad  no  económica  la  definida  por  la  Comisión  Europea  en  el  Marco Comunitario  de  Ayudas  Estatales  de  Investigación  y  Desarrollo  e  Innovación  (2014/C 198/01), publicado en el DOUE de 27 de junio de 2014. Según establece dicho Marco Comunitario, a la financiación pública de las actividades no económicas de estas entidades no se aplicará lo dispuesto en el artículo 107, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, es decir, no tendrá la consideración de  ayuda  estatal,  siempre  y  cuando  quepa  distinguir  con  claridad  entre  ambos  tipos  de actividades (económicas y no económicas) y entre sus respectivos costes y financiación, de manera que se evite efectivamente la subvención indirecta de la actividad económica.

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Órgano convocante Ministerio para la Transformación Digital y de la función pública
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Kit Consulting es un programa de ayudas dirigido a las pymes y destinado a contratar servicios de asesoramiento digital especializado y personalizado para sus negocios.

Se trata de un programa de ayudas del Gobierno de España, gestionado por Red.es, entidad adscrita al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública a través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, cuyo objetivo es que las pymes de entre 10 y menos de 250 empleados den un paso más en el camino de su digitalización.

Bono de asesoramiento digital especializado y personalizado

Con los servicios de asesoramiento, las pymes obtendrán un itinerario para avanzar en la digitalización de su negocio para que den el salto de la transición digital a la transformación digital.

El Programa se enmarca en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - inversión 3 del Componente 13, denominado “Impulso de la pyme”-, la agenda España Digital 2026 y el Plan de Digitalización de Pymes 2021-2026, y está dotado de un presupuesto de 300 mi­llones de euros financiados por la Unión Europea a través de los fondos NextGenerationEU.

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Órgano convocante Comisión Europea
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Gastos esperados :

  • Crear una red activa y comunidades interdisciplinarias sobre humanismo digital que reúnan a expertos en TIC, etnólogos, sociólogos y expertos en derechos fundamentales.
  • Ayudar a definir y fortalecer el enfoque de la UE hacia una transformación digital centrada en las personas a través de una investigación interdisciplinaria, fundamental y orientada a las aplicaciones de clase mundial.
  • Formular enfoques para transformar y fortalecer las normas europeas (estado de derecho, economía social de mercado, derechos fundamentales, normas sociales y colaboración social) en el ámbito digital, incluida la adopción de dichas normas por parte de los actores digitales y, en particular, de aquellos que desarrollan un nuevo entorno digital ( por ejemplo, científicos de datos, empresas emergentes, inversores)
  • Formular una lista de recomendaciones y hojas de ruta para abordar las brechas o problemas actuales que impiden el desarrollo de soluciones digitales que reforzarán, y no socavarán, el humanismo digital en toda la sociedad.
  • Proponer un marco concreto para medir y promover el progreso de la promoción y puesta en práctica de la declaración de derechos y principios digitales en el contexto del programa de políticas de la Década Digital. Esto incluirá indicadores concretos, fuentes de información a nivel nacional y europeo, así como la identificación de herramientas de capacidad existentes y el desarrollo de nuevas herramientas para apoyar la adopción de las mejores prácticas identificadas en el uso de tecnologías digitales en apoyo del humanismo digital. Este trabajo contribuirá en particular a la revisión del Programa de Política del Decenio Digital y de la declaración solemne en 2026.
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Órgano convocante Comisión Europea
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Se espera que los proyectos contribuyan a uno o más de los siguientes resultados:

  • Mayor aplicabilidad de los grandes sistemas de IA a nuevos dominios mediante la integración de modalidades de datos innovadoras, como mediciones de sensores (por ejemplo, en robótica, IoT) o teledetección (por ejemplo, observación de la Tierra), como entrada.
  • Mejora de las capacidades actuales de los grandes sistemas de IA multimodales y expansión del número de modalidades de datos administradas conjuntamente por un sistema de IA, lo que conduce a un potencial de aplicación más amplio y un mejor rendimiento de la IA.
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Órgano convocante DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA Y DE TRANSICION ECOLOGICA Y DIGITAL EMPRESARIAL
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Estas ayudas tienen por objeto incentivar la participación de las pymes y los agentes inscritos en  el  Sistema  Navarro  de  I+D+i  (SINAI),  en  los  siguientes  programas  o  convocatorias  de ayudas comunitarios (en adelante, programas comunitarios), a través de los que se financia la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación (I+D+i): A. Programa Horizonte Europa B. Programa de investigación y formación EURATOM C. Mecanismo Conectar Europa D. Europa Digital E. Mercado Único F. Programa Espacial Europeo G. LIFE: Programa para el Medio Ambiente y Acción Climática H. Interreg Sudoe y Espacio Atlántico I. Europa Creativa J. EU4Health K. Mecanismo de Protección Civil de la Unión y rescEU L. Convocatorias  en  concurrencia  competitiva  de  I+D+i  de  partenariados  europeos  (por ejemplo, European Partnerships, financiación en cascada) De  modo  que,  en  el  caso  de  que  no  consigan  financiación  en  dichos  programas,  se  les subvencionará el gasto de la empresa consultora a la que contrataron para elaborar y presentar la propuesta del proyecto de I+D+i, siempre que superen unos mínimos de puntuación tras la evaluación.

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Órgano convocante Comisión Europea
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Resultados esperados:

El resultado esperado de esta convocatoria es promover decisiones de inversión mejores e informadas, una mayor transparencia del mercado y evaluaciones comparativas de desempeño, con el objetivo de promover inversiones en entidades de propósito social (empresas sociales, nuevas empresas sociales, empresas de impacto, etc.) a través de mejores Servicios de capacidades de datos y herramientas y prácticas de gestión de impacto.

Por lo tanto, esta convocatoria satisfará la necesidad expresada por muchos actores del mercado, que muestran un hambre de datos cada vez mayor, no suficientemente abordada por las iniciativas públicas y privadas actuales.

Alcance :

El objetivo de la convocatoria es promover la prestación de servicios de capacidades de datos mejoradas, así como herramientas y prácticas de gestión de impacto a entidades con fines sociales (como, pero no exclusivamente, empresas sociales, entidades de economía social, empresas emergentes sociales, empresas de impacto ) para aumentar su capacidad de inversión de impacto social.

Un mercado más fuerte, más transparente y que funcione mejor para la inversión de impacto social es fundamental para cumplir con el Pilar Europeo de Derechos Sociales mediante la promoción de inversiones en muchas de las áreas cubiertas por sus principios, y especialmente en las siguientes: 3. Igualdad de oportunidades, 4. Apoyo activo al empleo, 5. Empleo seguro y adaptable, 11. Cuidado y apoyo a los niños, 12. Protección social, 17. Inclusión de personas con discapacidad, 18. Cuidados de larga duración, 19. Vivienda y asistencia a personas sin hogar, y 20. Acceso a servicios esenciales.

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Órgano convocante Ministerio de Industria y Turismo
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  1. La modalidad de las ayudas que se concedan en el marco de esta convocatoria tendrá la consideración de ayudas en especie, consistentes en la recepción de un asesoramiento especializado y personalizado que permita el impulso de la transformación digital de pymes industriales a la Industria 4.0.
  2. El objetivo del asesoramiento especializado y personalizado a las pymes beneficiarias es ofrecer un diagnóstico y análisis exhaustivo de la situación digital de partida de la empresa y la elaboración de un Plan de Transformación que incluirá la definición, cuantificación y priorización de oportunidades de digitalización personalizadas.
  3. La prestación del servicio objeto de las ayudas se realizará por parte de entidades colaboradoras especializadas en asesoramiento en transformación digital e industria 4.0, que han sido seleccionadas por EOI a través de un procedimiento de licitación, conforme a lo establecido en el artículo 9 de la orden de bases. La pyme beneficiaria seleccionará, a través de su formulario de solicitud, a la entidad colaboradora que le prestará el servicio de entre las que han resultado adjudicatarias en el procedimiento de licitación
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Órgano convocante Gobierno de Navarra - Sección de Proyectos Audiovisuales y Digitales
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Esta convocatoria se estructura en dos modalidades:

  • Modalidad A:acciones de promoción diseñadas específicamente para películas candidatas, preseleccionadas, nominadas o premiadas en los premios Goya 2024: 10.000 euros.
  • Modalidad B: participación en festivales, mercados, ferias y eventos profesionales de cinematografía y audiovisual, que cuenten con invitación previa: 15.000 euros.La cuantía de las ayudas tendrá el límite señalado en la base 3.1., y no podrá ser, en ningún caso, superior al 70% del presupuesto aceptado, hasta un máximo de 3.000 euros por solicitante y modalidad.Cuantía total: 25.000 euros.
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Órgano convocante MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES
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Órgano convocante MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES
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Órgano convocante MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES
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Los proyectos de innovación tecnológica son proyectos individuales, realizados por empresas con carácter aplicado, muy cercanos al mercado y con riesgo tecnológico medio/bajo, con facilidad de alcance de los objetivos previstos tanto técnicos como comerciales y con cortos periodos de recuperación de la inversión, que apoyen a la empresa en la mejora de su competitividad mediante la incorporación de tecnologías emergentes.
Los proyectos de innovación tecnológica contemplan los siguientes tipos de actividades:
- Incorporación y adaptación activa de tecnologías emergentes en la empresa, así como los procesos de adaptación y mejora de tecnologías a nuevos mercados.
- Aplicación del diseño industrial e ingeniería de producto y proceso para la mejora tecnológica de los mismos.
- Aplicación de un método de producción o suministro nuevo o significativamente mejorado, incluidos cambios significativos en cuanto a técnicas, equipos y/o programas informáticos.
No tienen la consideración de proyectos de innovación aquellos proyectos que impliquen cambios o mejoras de importancia menor, aumento de las capacidades de producción o servicio mediante la introducción de sistemas de fabricación o logística muy similares a los ya utilizados o el abandono de un proceso.

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Órgano convocante MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO - FUNDACIÓN EOI, F.S.P
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Objeto, modalidad y cuantía individualizada de las ayudas

  1. El objeto es un programa de asesoramiento especializado y personalizado cuyo objetivo es ofrecer un análisis de la situación actual de la empresa en materia de Ciberseguridad para conocer su nivel de seguridad y elaboración de un Plan de Ciberseguridad específico para la misma con un diseño personalizado de acciones de mejora de ciberseguridad. Es un programa orientado a todo tipo de pymes, en especial aquellas que deseen mejorar o potenciar sus procesos de ciberseguridad.
  2. La modalidad de las ayudas que se concedan en el marco de esta convocatoria tendrá la consideración de ayudas en especie, consistentes en la recepción de un asesoramiento especializado y personalizado que permite la mejora de los niveles de ciberseguridad de las pymes.
  3. La prestación del servicio objeto de las ayudas se realizará por parte de entidades colaboradoras especializadas en asesoramiento en ciberseguridad que han sido seleccionadas por EOI a través de un procedimiento de licitación, conforme a lo establecido en el artículo 9 de la orden de bases. La pyme beneficiaria seleccionará, a través de su formulario de solicitud, a la entidad colaboradora que le prestará el servicio de entre las que han resultado adjudicatarias en el procedimiento de licitación.
  4. La ayuda se concederá mediante la correspondiente resolución administrativa de la Fundación EOI, por la cuantía que se recoge en el apartado 6 de este artículo.
  5. Las ayudas de esta convocatoria tienen la consideración de ayudas de menor importancia o de minimis, sujetas por tanto a lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.
  6. La cuantía individualizada de las ayudas en especie que se concedan, entendida como el equivalente de subvención bruta, será de 2.140 euros.

Empresas beneficiarias y sus requisitos.

  1. Podrán obtener la condición de beneficiarias las empresas que tengan la condición de PYME, que tengan personalidad jurídica propia en España y estén legalmente constituidas y debidamente inscritas en el registro correspondiente.
  2. Serán consideradas PYME, aquellas empresas que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 2 del anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
  3. Asimismo, las empresas beneficiarias deberán cumplir con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en lo referente a los requisitos para obtener la condición de beneficiaria, no pudiendo estar incursas en algunas de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la misma ley.
  4. Quedan excluidas de estas ayudas las entidades que integren el sector púbico institucional de cualquier Administración pública, vinculadas o dependientes de ésta, en los términos dispuestos en el artículo 81 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Tampoco podrán ser beneficiarias aquellas empresas que sean entidades colaboradoras, en los términos del artículo 9 de la orden de bases.
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Órgano convocante Comisión Europea
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El Acelerador EIC apoya a las empresas (principalmente pymes, incluidas las de nueva creación) para ampliar innovaciones de alto impacto con potencial para crear nuevos mercados o alterar los existentes. El Acelerador del EIC ofrece una combinación única de financiación de 0,5 a 17,5 millones de euros y servicios de aceleración empresarial (consulte la Sección V del programa de trabajo del EIC 2024 ). El Acelerador EIC se centra en particular en innovaciones basadas en descubrimientos científicos o avances tecnológicos ('tecnología profunda') y en las que se necesita una financiación significativa durante un largo período de tiempo antes de que se puedan generar beneficios ('capital paciente'). Estas innovaciones a menudo tienen dificultades para atraer financiación porque los riesgos y el plazo involucrados son demasiado altos. La financiación y el apoyo del Acelerador EIC están diseñados para permitir que dichos innovadores atraigan todos los importes de inversión necesarios para crecer en un plazo más corto. El Acelerador EIC respalda las últimas etapas del desarrollo tecnológico y su ampliación. Por lo tanto, el componente tecnológico de su innovación debe haber sido probado y validado en un laboratorio y otro entorno relevante (por ejemplo, al menos el nivel 5 de preparación tecnológica). El Acelerador del EIC busca apoyar a las empresas en las que el apoyo del EIC actuará como catalizador para atraer a otros inversores necesarios para ampliar la innovación. Los solicitantes del EIC Accelerator pueden presentar propuestas a través de:

  • EIC Accelerator Open , que no tiene prioridades temáticas predefinidas y está abierto a propuestas en cualquier campo de tecnología o aplicación;
  • EIC Accelerator Desafíos en áreas predefinidas de tecnologías emergentes y estratégicas

Para obtener más información, consulte el Programa de trabajo del EIC 2024 .

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Órgano convocante MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN
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El CDTI participa en el Programa para España del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA), de acuerdo con el Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de julio de 2021 por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, para financiar Proyectos individuales de inversión en acuicultura y Proyectos individuales de inversión en actividades de comercialización y transformación de los productos de la pesca y la acuicultura.

Se podrán conceder ayudas bajo esta tipología a las siguientes actividades:

  • Proyectos de inversiones productivas en acuicultura, destinados a:
  1. Inversiones para una acuicultura económicamente viable, competitiva y atractiva.
  2. Mejora y construcción de las infraestructuras dependientes de las explotaciones acuícolas y asociadas directamente a sus instalaciones.
  3. Protección de las instalaciones frente a adversidades climáticas, alteraciones del entorno y agua, escapes, depredadores, etc.
  • Proyectos de inversiones en comercialización y transformación de los productos de la pesca y de la acuicultura que:
  1. Fomenten la calidad y el valor añadido de los productos;
  2. Aumenten la eficiencia energética o a reducir el impacto en el medio ambiente, así como mejorar la movilidad sostenible de la distribución de productos de la pesca;
  3. Mejoren la seguridad, la higiene, la salud y las condiciones de trabajo;
  4. Favorezcan la economía circular mediante la prevención (ecodiseño y ecoeficiencia), optimización de los procesos y minimización de los residuos, el aprovechamiento comercial de los capturas no deseadas y subproductos, uso de descartes para el desarrollo de subproductos, transformación de capturas de pescado comercial que no puede destinarse al consumo humano, y transformación de subproductos obtenidos de las actividades principales de transformación.
  5. Fomenten la transformación de productos de la acuicultura ecológica, en virtud de los artículos 7 y 8 del Reglamento (UE) 2018/848;
  6. Fomenten la adaptación de los operadores a los requisitos de cumplimiento y certificación de acuerdo con el Reglamento (UE) nº 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo o del Reglamento (UE) 2018/848 en lo relativo a productos de acuicultura ecológica.
  7. Den lugar a nuevos o mejores productos, nuevos o mejores procesos, o nuevos o mejores sistemas de gestión y organización perfeccionados, en materia de la transformación, la conservación y la comercialización de los productos, incluyendo proyectos piloto
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Órgano convocante MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN
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Los proyectos de I+D vinculados a los PERTES Aeroespacial y de Salud de Vanguardia son proyectos de investigación y desarrollo empresarial de carácter aplicado para la creación o mejora significativa de un proceso productivo, producto o servicio.

Los proyectos deben demostrar un aspecto tecnológico diferencial sobre las tecnologías existentes en el mercado.

Los proyectos de I+D pueden comprender tanto actividades de investigación industrial como de desarrollo experimental

Los proyectos de I+D son presentados por una única empresa. Cuando se haga referencia a pyme (pequeña y mediana empresa), se entenderá como aquella empresa que cumple los requisitos establecidos en la definición recogida en el Anexo I del Reglamento General de Exención por Categorías (Reglamento (UE) nº 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014.

Además, se pueden subcontratar determinadas actividades del proyecto a otras empresas o a organismos de investigación, como universidades, centros tecnológicos, infraestructuras científicas singulares (ICTS2) u organismos públicos de investigación, entre otros.

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