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La tercera línea de actuación prevé la instalación de redes de alta velocidad para prestar servicios a fábricas, centros y dependencias.

Ayudas para la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos 2024

Ya se han hecho públicas las bases reguladoras para la convocatoria de las ayudas 2024 que buscan impulsar la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos en Navarra. Estas ayudas se enmarcan dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) financiado a través de los fondos de la Unión Europea-Next GenerationEU. Las personas interesadas pueden acceder a toda la información en este enlace.

La convocatoria está dirigida a empresas que ostenten la condición de operador debidamente habilitado (conforme a lo establecido en los artículos 6 y 7 de la Ley 11/2022, General de Telecomunicaciones) y, como novedad, también a pymes. Las pequeñas y medianas empresas pueden acceder a estas ayudas a través de la tercera de las líneas de actuación subvencionables. Todas las líneas tienen un periodo máximo de realización que finaliza el 31 de diciembre de 2024.

 

LAS TRES LÍNEAS DE ACTUACIÓN

Estas son las líneas de actuación subvencionables que abarcan esta convocatoria:

  • Línea de actuación 1 (redes de alimentación):

Proporcionar conectividad de redes de banda ancha de muy alta velocidad, capaces de prestar servicios a velocidades de 1 Gbps en el ámbito de actuación. 

  • Línea de actuación 2 (redes de distribución):

Instalar una red de comunicaciones electrónicas de alta velocidad, en terrenos cuya gestión corresponde a una entidad de derecho público, capaz de prestar servicios a velocidades de 1 Gbps, que abarque el conjunto del ámbito de actuación así como, en su caso, sus zonas industriales adyacentes, a fin de interconectar cada uno de los centros, unidades, instalaciones y dependencias que lo conforman.

  • Línea de actuación 3:

Instalar una red de comunicaciones electrónicas de alta velocidad, capaz de prestar servicios a velocidades de 1 Gbps, en cada una de las fábricas, centros y dependencias que formen parte del ámbito de actuación.

 

GASTOS SUBVENCIONABLES

Las beneficiarias podrán subcontratar hasta el 50 % del importe total de la actuación subvencionada con terceros. Se consideran inversiones y gastos elegibles los siguientes conceptos asociados al proyecto: 

  • Infraestructuras y obra civil

  • Equipamiento y otros materiales

  • Gastos de personal propio

  • otros costes generales o indirectos imputables al proyecto, como la realización del correspondiente informe técnico.