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Publicación / normativa Información de la convocatoria
Órgano convocante Gobierno de Navarra - Sección de Proyectos Audiovisuales y Digitales
Descripción
  1. La convocatoria tiene por objeto regular las ayudas para la organización de laboratorios e incubadoras de creación y desarrollo de proyectos audiovisuales que se celebren en Navarra entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2024 (ambos inclusive).
  2. Se entenderá por laboratorios e incubadoras aquellos programas, foros, plataformas de pitching y residencias donde participen profesionales y empresas que superen previamente un proceso de selección y que comprendan actividades de formación, networking y tutoría para mejorar la competencia y competitividad de profesionales y empresas en los procesos creativos y de desarrollo de proyectos audiovisuales. La tipología de proyectos audiovisuales engloba cortometrajes, largometrajes, series, narrativas inmersivas y de realidad virtual y otros contenidos audiovisuales y de carácter digital fundamentalmente narrativos.
  3. Los laboratorios e incubadoras deberán tener carácter y contenido cultural o artístico.
  4. Cada solicitante podrá presentar una única propuesta, que contendrá un solo proyecto.
  5. Esta convocatoria de ayudas tiene las siguientes finalidades:
  • Favorecer la profesionalización de las fases de creación y desarrollo de proyectos audiovisuales a través de la innovación en las narrativas, la adquisición de habilidades creativas y emprendedoras, la vertebración de redes dentro del sector audiovisual, el estímulo y la ayuda directa a profesionales y proyectos para que las producciones lleguen en mejores condiciones a sus públicos potenciales.
  • Fomentar la internacionalización de la producción audiovisual navarra, a través de la mejora de la capacidad del sector audiovisual para operar transnacionalmente e internacionalmente y para generar más coproducciones bilaterales y multilaterales.
  • Estimular la participación del sector privado en la financiación de proyectos y favorecer un efecto estructurador en las empresas navarras, incluido el emprendimiento, la creación de nuevos modelos de negocio, la gestión de la propiedad intelectual y mejora de la capacidad para acceder a la financiación.
  • Favorecer la diversidad de la oferta cultural, la financiación de obras de especial interés cultural con dificultades para su financiación y facilitar la incorporación de nuevo talento y de las nuevas generaciones.
  • Potenciar el marketing, promoción, interacción con públicos y nuevos modos de distribución y explotación de las producciones, y aprovechar al máximo las oportunidades de los procesos de digitalización, trabajando en este ámbito desde las fases de creación y desarrollo de proyectos.
Estado En plazo
Publicación / normativa Información de la convocatoria
Órgano convocante Gobierno de Navarra - Sección de Fomento de la Inversión Industrial
Descripción

Podrán obtener la condición de beneficiarias las empresas que cumplan los siguientes requisitos:

  • Ajustarse a la definición de pyme del Anexo I del Reglamento (UE) Nº 651/2014.
  • Dispongan o vayan a disponer de un establecimiento en Navarra.
  • Estar inscritas o hayan solicitado la inscripción en el Registro Industrial de Navarra, conforme la Orden Foral 152/2013 (BON nº 94, de 20 de mayo de 2013).
  • No estén incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias del art. 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

No podrán obtener la condición de beneficiarias:

  • Las entidades que pertenezcan al sector público.
  • Las "empresas en crisis" conforme a la definición 18 del artículo 2 del RGEC. 
  • Las empresas sujetas a una orden de recuperación pendiente.
  • Las empresas que estén cumpliendo sanciones administrativas firmes o una sentencia firme condenatoria, por ejercer o tolerar prácticas laborales discriminatorias por razón de sexo o género.
  • En el caso de subvenciones de más de 30.000  euros, las personas físicas y jurídicas, con ánimo de lucro, que incumplan los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra morosidad en las operaciones comerciales.
Estado En plazo
Publicación / normativa Información de la convocatoria
Órgano convocante Gobierno de Navarra - Servicio de I+D+i
Descripción
Los gastos subvencionables serán los correspondientes a las actuaciones realizadas por un centro tecnológico, universidad o centro de investigación acreditado como tal en el Registro del SINAI, que supongan transferencia de conocimiento de naturaleza científica, tecnológica o de innovación a la empresa o a la UIE, incluyendo, entre otras, las siguientes:Vigilancia tecnológicaEstudios de viabilidadServicios de apoyo a la I+D+iConsultoría tecnológicaDiagnóstico y orientación de proyectos o soluciones de I+DUtilización de infraestructuras o equipamientos de I+D de estos agentesEstas actuaciones podrán ser actividades completas en sí mismas o fases parciales de actuaciones de mayor alcance.El importe máximo de la subvención será:Para las pymes, un 60 % del gasto subvencionable, con un límite de 10.000 euros por actuación.Para las UIE, un 70 % del gasto subvencionable, con un límite de 16.000 euros por actuación.
Estado En plazo
Publicación / normativa Información de la convocatoria
Órgano convocante Gobierno de Navarra - Servicio de Proyectos Estratégicos de la S4 y Emprendimiento
Descripción

La finalidad de estas ayudas es fomentar la presencia de nuevas empresas innovadoras en Navarra, contribuyendo a la diversificación del tejido empresarial, al desarrollo económico y social y a la generación de empleo en Navarra.

Las ayudas se destinarán a la creación, inicio de actividad y consolidación de empresas innovadoras de base tecnológica cuya estrategia de negocio se base en el desarrollo y el uso intensivo de tecnologías y sus actividades empresariales requieran la utilización de las mismas.

Estado En plazo
Publicación / normativa Información de la convocatoria
Órgano convocante Gobierno de Navarra - Servicio de Fomento de la Industria
Descripción

Requisitos de los proyectos de inversión

1. Que tengan por finalidad:

a) La creación de un nuevo establecimiento.

b) La diversificación de la actividad de un establecimiento en nuevos productos adicionales.

c) La adquisición de activos pertenecientes a un establecimiento, siempre y cuando la nueva actividad a realizar utilizando activos adquiridos no sea la misma o similar (conforme a la definición 50) del artículo 2 del Reglamento (UE) Nº 651/2014) a la realizada en el establecimiento con anterioridad a la adquisición, y se cumplan determinadas condiciones:

  • Que el establecimiento haya cerrado o hubiese cerrado si no hubiera sido adquirido.
  • Que los activos sean adquiridos a un tercero no relacionado con el comprador.
  • Que la operación tenga lugar en condiciones de mercado.

Cuando un familiar de quien ostente la propiedad inicial o un empleado o una empleada se haga cargo de una pequeña empresa, no se aplicará la condición de que los activos deban ser adquiridos a terceros no relacionados con la parte compradora. La mera adquisición de las acciones de una empresa no constituirá una inversión.

d) La ampliación de un establecimiento existente.

e) La mejora de la eficiencia de los procesos industriales.

f) La incorporación de actividades industriales de otras plantas productivas de fuera de Navarra.

2. Que tengan un presupuesto mínimo subvencionable de 300.000 euros.

3. Que estén ubicados en Navarra.

4. Que no causen ningún perjuicio significativo a objetivos medioambientales, como establece el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088 (Reglamento de Taxonomía).

5. Que se ejecuten entre la fecha de solicitud de las ayudas y el 31 de mayo de 2026.

Estado En plazo
Publicación / normativa Información de la convocatoria
Órgano convocante Gobierno de Navarra - Servicio de Proyectos Estratégicos de la S4 y Emprendimiento
Descripción
  • Efecto incentivador: los proyectos no tienen que estar iniciados antes de la fecha de solicitud.
  • Requisitos: ser un proyecto de innovación en procesos, de innovación en materia de organización mediante uno de los siguientes tipos: innovación tecnológica, innovación de metodologías en procesos o innovación en modelos de negocio.
  • Modalidades: proyectos individuales de pymes o colaborativos con al menos una pyme.
  • Gastos subvencionables: los relacionados directamente con las actividades de innovación, como personal (cálculo de coste/hora según convenio o mejora), materiales, amortización de equipos, colaboraciones externas y otros gastos.
  • Límites previstos: 200.000 por empresa y 350.000 por proyecto en colaboración.
  • Intensidad de ayuda: 50 % para pequeñas, 35 % para medianas y 15 % para grandes empresas.
  • Duración: se prevé desde la fecha de solicitud como muy pronto, hasta el 31 de octubre de 2025.
  • Financiación: Gobierno de Navarra sin cofinanciación.
  • Normativa: la convocatoria, Ley Foral de Subvenciones, Reglamento (UE) N.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 y resto aplicable.
  • Forma de justificación y abono: informe intermedio y pago a cuenta a finales de 2025 y justificación final en enero de 2026 para posterior liquidación.
  • Deducción fiscal: los proyectos calificados como innovación tecnológica (deducción del 15 %) tendrán el certificado de deducción fiscal.
  • Incompatibilidad: con otras ayudas de Gobierno de Navarra. Es compatible con la solicitud anterior o posterior de deducción fiscal si el proyecto no se ha iniciado en el momento de las solicitud.
Estado En plazo

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